La Contraloría General de la República defendió su facultad constitucional para perseguir responsabilidades administrativas de Carabineros, ante algunos cuestionamientos luego de que formulara cargos contra siete generales del Alto Mando de la institución por el actuar de la policía en las manifestaciones realizadas en el país entre el 18 de octubre y diciembre del 2019.
Tras hacerse público el caso, algunas voces de políticos de derecha así como varios de los generales señalados han acusado que el ente contralor está excediendo sus competencias.
Frente a ello, el organismo emitió una declaración pública donde explica que se trata de un procedimiento sumarial para "perseguir responsabilidades administrativas en Carabineros de Chile".
Se trata de una facultad que "se funda en el artículo 98 de la Constitución Política de la República, que le encarga el control de legalidad de los actos de la Administración, y en el artículo 133 de la ley N° 10.336, que sostiene que 'el Contralor o cualquier otro funcionario de la Contraloría, especialmente facultado por aquél, podrá ordenar, cuando lo estime necesario la instrucción de sumarios administrativos".
Expone también que "en relación con los hechos acaecidos a contar del 18 de octubre de 2019, y hasta el 31 de diciembre del mismo año, la Contraloría General recibió 457 denuncias –debidamente individualizadas–, relativas al actuar de Carabineros, por lo que se encontraba en el deber legal de actuar frente a tales denuncias, lo que informó el 30 de enero de 2020 a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en razón de una consulta formulada por ese organismo internacional".
Asimismo, asegura que la investigación sumarial fue informada al "general director de esa institución y al director de Auditoría Interna de la misma, mediante el oficio N° 6.142, de 12 de marzo de 2020, en el que se señaló que los hechos denunciados ante la Contraloría implicaban 'determinar eventuales esponsabilidades administrativas que puedan afectar a los superiores y personal' de Carabineros".
Evitando referirse a la investigación, cuyo contenido es reservado y solo lo conocen el fiscal del sumario y por los funcionarios sindicados, precisó que "el procedimiento sumarial pretende establecer la eventual responsabilidad administrativa de funcionarios públicos ante la infracción de deberes legales y estatutarios y, de corresponder, termina con la aplicación de sanciones fundadas en un racional y justo proceso".