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Corte declara ilegal cláusula en vuelos nacionales de ida y vuelta tras caso de pasajero de Latam

Desde la aerolínea aludieron a la cláusula 10 que permite "negar embarque de un pasajero que no cumpla con el itinerario" o que "no haya cumplido uno de sus tramos", según consignó hoy Las Últimas Noticias.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta declaró ilegal la conocida cláusula en vuelos nacionales de ida y vuelta, tras el caso que afectó a Luis Ramírez Guajardo, pasajero de Latam al cual no le permitieron tomar el avión de regreso por no haber efectuado el primer tramo.

La situación se produjo en noviembre del año pasado, cuando Ramírez compró un pasaje de ida y vuelta de Antofagasta a Santiago por Latam, a través de la plataforma Despegar.com.

Éste se vio obligado a adelantar su viaje y no usar el primer ticket, pero al momento de querer usar su pasaje de regreso, no figuraba en la lista de pasajeros. Desde la aerolínea aludieron a la cláusula 10 que permite "negar embarque de un pasajero que no cumpla con el itinerario" o que "no haya cumplido uno de sus tramos", según consignó hoy Las Últimas Noticias.

Pero el tribunal le dio la razón al pasajero, declarando inadmisible la aplicación de la cláusula y condenando a Latam a pagar una multa de 50 UTM, correspondiendo a más de dos millones de pesos.

A la vez que debía indemnizar a Ramírez por un millón de pesos y el costo de sus pasajes. Y si bien la aerolínea apeló ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta, la cual sin embargo, confirmó el primer fallo y sentenció que "no hay justificación alguna, ni económica, ni comercial, para que se pierda el pasaje de vuelta, sino es un aprovechamiento irracional y abusivo".

A través de un comunicado, Latam defendió que "la convicción de que se ajustó a la normativa vigente y a las políticas aplicadas por la industria aeronáutica".