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Corte Suprema ordena al fisco indemnizar a víctima de torturas en base naval e Isla Quiriquina

La Corte Suprema condenó al fisco a pagar una indemnización de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a Leandro Antonio Jarpa Ortiz, quien fue detenido ilegalmente el 12 de septiembre de 1973 y recluido en la Base Naval de Talcahuano y luego trasladado a la Isla Quiriquina, lugares donde fue sometido a sesiones de tortura.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Carlos Künsemüller, Lamberto Cisternas, Andrea Muñoz, Manuel Antonio Valderrama y Jorge Dahm– acogió el recurso de casación en el fondo deducido por la defensa de Jarpa Ortiz, anuló la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción y, sin nueva vista, dictó sentencia de reemplazo.
 
"Que, en suma, pesando sobre el Estado la obligación de reparar a los familiares de la víctima consagrado por la normativa internacional sobre Derechos Humanos, el derecho interno no deviene en un argumento sostenible para eximirlo de su cumplimiento. No sólo por lo ya expresado, sino porque este deber del Estado también encuentra su consagración en el derecho interno", plantea el fallo.
 
Resolución que agrega: "En efecto, el sistema de responsabilidad del Estado deriva además del artículo 3º de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que dispone que la Administración del Estado está al servicio de la persona humana, que su finalidad es promover el bien común, y que uno de los principios a que debe sujetar su acción es el de responsabilidad; y, consecuentemente con ello, en su artículo 4° dispone que ‘el Estado será responsable por los daños que causen los órganos de la Administración en el ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieren afectar al funcionario que los hubiere ocasionado'".
 
"Así, no cabe sino concluir que el daño moral causado por la conducta ilícita de los funcionarios o agentes del Estado autores de los ilícitos de lesa humanidad en que se funda la presente acción, debe ser indemnizado por el Estado", añade.