Oh I'm just counting

Cuando una ley se anticipa al calendario. A diez años de una solución para Fiestas Patrias y Año Nuevo Por Ricardo Rincón, Abogado exDiputado

Decidí postergar estas líneas hasta después de Fiestas Patrias. Deliberadamente.

Durante las semanas previas al 18 de septiembre volvió a instalarse en el Congreso una discusión que cada cierto tiempo reaparece: si correspondía agregar excepcionalmente un día feriado y transformar también el jueves 17 en festivo.

Finalmente no hubo ley y el 17 de septiembre fue un día hábil. 

Pero precisamente porque el debate ya pasó, y no existe ahora una decisión inmediata que promover o controvertir, quizás sea un buen momento para reflexionar desapasionadamente sobre algo bastante más importante que un feriado adicional: cómo debemos legislar estas materias.

La historia, además, no comienza en 2026 ni tampoco con la ley de la que me correspondió ser coautor.

Chile ya había entendido hace años que las particularidades del calendario de Fiestas Patrias no debían resolverse improvisadamente cada vez que se produjeran.

En 2007, la Ley N.º 20.215 incorporó al Código del Trabajo una regla que hoy se encuentra en su artículo 35 ter. Allí se estableció que, cuando los días 18 y 19 de septiembre correspondieran a martes y miércoles, respectivamente, sería feriado el lunes 17; y que cuando correspondieran a miércoles y jueves, sería feriado el viernes 20.

La lógica era correcta y bastante sencilla: identificar ciertas combinaciones especiales del calendario y resolverlas anticipadamente mediante una regla general.

Y esa fue precisamente nuestra inspiración algunos años después.

Porque aquella legislación había solucionado dos combinaciones, pero había dejado otra sin respuesta.

¿Qué ocurría cuando el 18 y 19 de septiembre caían sábado y domingo?

En ese caso las dos principales festividades nacionales quedaban completamente absorbidas por el fin de semana y la legislación no contemplaba una solución equivalente a las que ya había establecido el Código del Trabajo.

Ese fue el vacío que quisimos abordar.

El 17 de octubre de 2012 presentamos en la Cámara de Diputados una moción que tuve el honor de encabezar junto a parlamentarios de distintos sectores políticos. Fue una iniciativa genuinamente transversal, respaldada por diputados de la Democracia Cristiana, Renovación Nacional, el PPD, el Partido Socialista y la UDI.

Y eso también merece ser recordado.

Porque no pretendíamos inventar cada cierto tiempo un nuevo feriado. Queríamos completar una solución que el propio legislador ya había comenzado a construir.

La propuesta fue simple: establecer que cada vez que el 18 y 19 de septiembre coincidieran, respectivamente, con sábado y domingo, el viernes 17 sería feriado.

Y la misma ley terminó resolviendo otra anomalía periódica del calendario: Año Nuevo.

Se estableció que cada vez que el 1 de enero recaiga en domingo, el lunes 2 inmediatamente siguiente será también feriado.

Dos situaciones que inevitablemente volverían a repetirse. Dos reglas sencillas. Una solución legislativa permanente.

El proyecto fue aprobado por la Cámara y posteriormente por el Senado, hasta convertirse en la Ley N.º 20.983, publicada el 30 de diciembre de 2016.

El próximo 30 de diciembre cumplirá diez años.

Y creo que esa década permite evaluarla con una perspectiva que la discusión contingente muchas veces impide.

La virtud de aquella legislación no estuvo simplemente en agregar días feriados. Estuvo en algo conceptualmente distinto: sustituir la improvisación por una regla, una que complementara otra anterior. 

Eso permite planificar.

Lo saben las familias, pero también los trabajadores, las empresas, los colegios, el comercio, el turismo, el transporte y los servicios públicos. Un país funciona mejor cuando sus reglas pueden conocerse con años de anticipación y no cuando intenta modificarlas a pocas semanas de que deban aplicarse.

Por eso compartí que este año no se agregara apresuradamente un nuevo feriado para el 17 de septiembre.

No porque los argumentos favorables carecieran de mérito. El turismo, la gastronomía, las economías regionales, los desplazamientos familiares y el descanso de los trabajadores son factores reales que deben ponderarse.

Pero también lo son la productividad, los costos que un feriado adicional representa para determinadas actividades y, especialmente, la certeza que requieren trabajadores y empleadores.

Lo que no parece razonable es transformar cada septiembre en una nueva discusión legislativa sobre el calendario.

Y el próximo año tendremos una demostración particularmente clara de la diferencia. En 2027 el 18 de septiembre caerá sábado y el 19 domingo.

Entonces operará exactamente aquella situación que nuestra moción quiso solucionar hace quince años.

El viernes 17 de septiembre de 2027 será feriado.

No será necesario presentar un proyecto de ley.

No habrá que esperar una negociación entre el Congreso y el Gobierno.

No dependerá de una mayoría parlamentaria circunstancial.

Y tampoco tendremos que llegar a agosto o septiembre preguntándonos si habrá o no un día adicional.

La respuesta existe desde hace una década y la entrega la Ley N.º 20.983.

Cada ciertos años esta ley vuelve silenciosamente a cumplir su función. Lo mismo ocurre cuando el 1 de enero cae domingo y el lunes 2 se convierte automáticamente en feriado.

Y probablemente esa sea una de las mejores características que puede tener una norma: que no necesitemos acordarnos permanentemente de ella porque simplemente funciona cuando corresponde.

Hay, además, una enseñanza institucional detrás de esta pequeña historia legislativa.

Primero el legislador de 2007 resolvió determinadas combinaciones de Fiestas Patrias mediante el Código del Trabajo. Después, en 2012, advertimos que quedaba una situación sin resolver y propusimos completar esa lógica. Cuatro años más tarde aquella moción transversal se convirtió en ley y agregó también una solución permanente para Año Nuevo.

No fue necesario borrar lo anterior ni empezar nuevamente desde cero.

Se observó una buena solución existente, se identificó el vacío y se la perfeccionó.

Así también se construyen buenas políticas públicas.

Por eso, si después de la experiencia de este año estimamos que las reglas actuales sobre feriados son suficientes, respetémoslas.

Y si creemos que existen otras combinaciones del calendario que merecen una regulación diferente, estudiemos seriamente sus efectos económicos, laborales, familiares y turísticos y establezcamos, si corresponde, una nueva regla general.

Pero evitemos legislar el calendario año a año.

El próximo 30 de diciembre la Ley N.º 20.983 cumplirá diez años. Una ley sencilla, transversal y de apenas un artículo, que completó una solución iniciada años antes y resolvió permanentemente dos situaciones que de otro modo volverían periódicamente al Congreso.

En septiembre de 2027 volverá a aplicarse.

Y quizás esa sea una buena manera de medir una ley después de diez años: que el problema vuelva, pero que ya no sea necesario volver a legislar para resolverlo.