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Dura carta al embajador de China en Chile por caso SQM y Litio

Una nota dirigida al embajador chino en nuestro país, Xu Bu, envió el ex Vicepresidente Ejecutivo del Comité de Inversiones Extranjeras y ex Embajador de Chile en Filipinas, el académico universitario y abogado, Roberto Mayorga Lorca.

El tema, el Litio y Soquimich. A continuación conozca el texto de la misiva.

 

SEÑOR XU BU, HONORABLE EMBAJADOR DE CHINA

En un tono que suena algo amenazante Ud. ha declarado recientemente a los medios: “Bitrán ha convertido el proceso de Tianqui en un asunto político y puede dejar influencias negativas en las relaciones comerciales”. Ello, en el contexto de que esa empresa china violaría normas sobre libre competencia al adquirir SOQUIMICH y configurar un control del 70% del mercado mundial del litio.

Sin embargo, Bitrán, consciente o inconscientemente habría omitido, al parecer, informarle de algo aún mucho más delicado. En efecto, en opinión de muchos en Chile, el acuerdo por medio del cual, con fecha 17 de enero pasado la Corfo, a cargo de Bitrán, y en representación del Gobierno de esa época, extendió a SOQUIMICH la concesión del litio hasta el 2030, adolece de nulidad absoluta, de carácter imprescriptible.  Esto es, los eventuales derechos que la empresa china pudiese adquirir estarían sujetos al inminente riesgo de quedar sin efecto desde el mismo instante en que se solicite y se declare dicha nulidad.

Chile es un país que respeta los derechos legítimamente adquiridos y estimula la inversión extranjera. Personalmente, años atrás tuve ocasión de presidir la delegación que suscribió el Acuerdo de Protección de Inversiones Recíprocas entre Chile y China y nunca hasta la fecha ha existido incidente alguno con esa gran potencia.  Pero el tema ahora, más allá de lo que le ha explicado Bitrán, está justamente en lo que le ha omitido explicar. Esto es, que SOQUIMICH ha sido imputada por dineros ilícitos, cohecho y soborno a alrededor de 180 personeros, vinculados directa o indirectamente a los poderes del Estado y que, por consiguiente, no poseía legitimidad jurídica para negociar con el Estado de Chile.

Chile no podía legal ni moralmente extender la concesión del litio a una empresa gravemente criminalizada.  Se adujo, para hacerlo, que se le había otorgado judicialmente lo que se denomina una salida alternativa, que suspendía los procesos en su contra, sin embargo, esa salida alternativa se materializó con posterioridad al acuerdo con Corfo, esto es, con fecha 26 de enero. En otras palabras, Corfo contrató con una empresa en pleno proceso de criminalización.

Tanto la impunidad con que la Fiscalía Nacional ha pretendido dejar a SOQUIMICH como el acuerdo con CORFO adolecen de nulidad absoluta, de carácter imprescriptible, puesto que ambos han vulnerado lo que se denomina Orden Público Económico, regulado en la Constitución de Chile.

Sin duda en China, asimismo, como en el resto del mundo, los actos que vulneran la Constitución adolecen de nulidad absoluta y son de carácter imprescriptible.  En otras palabras, SOQUIMICH no podía haber quedado en la impunidad y menos haber sido beneficiado con una extensión de las concesiones sobre el litio. Y lo más grave estimado señor Embajador para las empresas chinas, si adquiriesen en estas circunstancias los derechos de SOQUIMICH, es que éstos podrían ser confiscados en cualquier momento, sin posibilidad de indemnización alguna por parte del Estado de Chile.

Veamos estimado colega Embajador lo que señala al respecto la Constitución de Chile:   

Artículo 19: “La Constitución asegura a todas las personas”. “N. 21. El derecho a desarrollar cualquier actividad económica que no sea contraria a la moral, al Orden Público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen”.

Artículo 19, N.15, inciso cuarto: “Prohíbense las asociaciones contrarias a la moral, al Orden Público y a la seguridad del Estado”.

Artículo 19, N. 7, letra g). ”No podrá imponerse la pena de confiscación de bienes, sin perjuicio del comiso en los casos establecidos por las leyes; pero dicha pena será procedente respecto de las asociaciones ilícitas”.

Es evidente que al haber pervertido a más de 180 personeros vinculados directa o indirectamente a los poderes del Estado, SOQUIMICH ha vulnerado la moral y el orden público, pudiendo ser prohibida y confiscada en cualquier momento. En nuestra institucionalidad señor Embajador, los actos que la ley prohibe adolecen de objeto ilícito y son nulos, conforme a los artículos 1462 y 1466 del Código Civil y, por tratarse de la Constitución dicha nulidad es de carácter absoluta e imprescriptible.

Es importante entonces advertir a las empresas chinas sobre el riesgo que asumirían al intentar negociar con SOQUIMICH.  Bastaría la conformación en el país de una mayoría con voluntad política para que, conforme a la Constitución, se dejaran sin efecto los derechos que las empresas chinas adquiriesen en esa sociedad criminalizada. Habiéndoseles advertido de antemano sobre este inminente riesgo, y estando en conocimiento de ello, poco éxito tendría en favor de esas empresas una controversia internacional ante el CIADI.

Cosa diferente será si Chile recupera el litio, circunstancia en que las empresas chinas podrían perfectamente asociarse con el Estado y, ojalá, producir a base del litio baterías en Chile, emulando lo que hará Bolivia con alta tecnología alemana.

En resumen, y sin perjuicio de lo expuesto sobre las ilícitas actuaciones de SOQUIMICH, puede tener el señor Embajador Xu Bu la total seguridad de que nuestro país dará permanentemente la mejor bienvenida a todas las inversiones chinas, en las más diversas áreas de nuestra economía, en la medida, por supuesto, que se respeten su Constitución y sus leyes.

Roberto Mayorga Lorca

Ex Vicepresidente Ejecutivo Comité de Inversiones Extranjeras

Ex Embajador de Chile en Filipinas

Santiago, abril 2018.