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Escudo de las Américas. ¿Cuál es su verdadero objetivo? Por Edgardo Riveros Marín. Director CEPI-UCEN

Ha tenido lugar la citación al ministro de Relaciones Exteriores, Francisco Pérez Mackenna. Luego de dicha interpelación, desarrollada de acuerdo a lo establecido en el artículo 52, N° 1, letra b) de la Constitución Política de la República, independiente de las diferentes opiniones que se han generado acerca de la forma en que se abordó este mecanismo en la situación específica, quedan pendiente algunos factores necesarios de dilucidad.
 
El 22 de septiembre pasado el Ministerio de Relaciones efectuó un comunicado de prensa en que informó que nuestro país decidió adherir al Escudo de las Américas. En el escueto texto define esta iniciativa como “marco de coordinación voluntaria entre gobiernos americanos que permitirá combatir con mayor eficacia el crimen organizado transnacional”. Luego individualiza particularmente a los carteles Jalisco Nueva Generación y de Sinaloa, calificándolos como “amenazas reales y complejas que requieren una coordinación regional”. 
 
Como beneficios que traería para Chile la participación en el Escudo señalado se indican el acceso a información contra el crimen organizado, sistemas de análisis inteligente de datos, capacitación de fuerzas de seguridad como Carabineros y la PDI, y una mejor coordinación interfronteriza con Argentina, Bolivia y Perú y con otros países de la región, individualizándose los quince Estados que forman parte del acuerdo. Se precisa que cada Estado actúa de conformidad con sus respectivas obligaciones legales internacionales y nacionales. 
 
Por otra parte, el mismo día de la declaración de nuestra Cancillería el Departamento de Estado de Estados Unidos entrega el texto que da cuenta del acuerdo alcanzado por los quince países que participan en el Escudo de las Américas. En este documento se establecen puntos de acuerdo que no están contenidos en la declaración del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Entre estos aspectos figura el establecimiento de tres pilares, entre los cuales existe referencia al ámbito económico, como el control de inversiones, la salvaguarda de cadenas de suministro de minerales críticos y normativa sobre provisión de infraestructura digital. 
 
Sin abordar otros aspectos de la declaración hecha pública por el Departamento de Estado del país norteamericano y que no figuran en la publicación del gobierno chileno, se debe aclarar un aspecto, especialmente sensible por su vinculación con el ámbito militar, esto es, la invocación que se efectúa, como parte del acuerdo, al Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca de 1947 (TIAR). 
 
Esta falta de concordancia en la información entregada, generada por las carencias en la información emanada de las autoridades de nuestro país, produce natural incertidumbre e inquietud. Ello contribuye a la convicción que la iniciativa referida obedece a la estrategia impulsada por el Presidente Trump de consolidar su doctrina de zonas de influencia, en este caso con objetivo específico en América Latina. 
 
Además, el opaco panorama que se ha establecido contribuye a no conocer cuál es el marco de reglas y principios que regirán en la acción del Escudo de las Américas. Entre otros aspectos, si se consolidarán acciones, al margen del derecho, como los ataques a embarcaciones bajo sospecha de traficar drogas con la consecuencia de ejecuciones extrajudiciales. 
 
A lo señalado, es preciso agregar las expresiones del Secretario Estado de Estados Unidos, Marco Rubio, quien, según comunicado de la embajada de Estados Unidos en Chile, expresó en una reunión con los Jefes de Estado y ministros de Relaciones Exteriores de los países parte del Escudo de las América, lo siguiente: “Pero no se trata únicamente de la delincuencia transnacional. Sin duda, esa es la piedra angular de lo que estamos haciendo juntos. Se trata también de las oportunidades de colaborar en los ámbitos económico y diplomático para hablar con una sola voz, al unísono, sobre cuestiones que nos unen, y para poder, por ejemplo, votar de forma coordinada en los foros internacionales y aunar nuestros recursos diplomáticos con el fin de actuar de manera concertada en defensa de los intereses comunes que compartimos” 
 
Los detalles también ayudan a comprender bajo que parámetros actúa Estados Unidos y la subordinación impuesta a quienes participan en el acuerdo. El texto en idioma español entregado por el Departamento de Estado, no obstante ser ese el idioma oficial de doce de los quince Estados que concurren al acuerdo, deja establecido expresamente que es una traducción oficiosa (una cortesía) y que el texto fidedigno es la fuente original en inglés.