Este domingo 4 de septiembre se realizará el plebiscito sobre si se aprueba o no la nueva Constitución. Una instancia, en la que 889 personas privadas de libertad podrán ejercer su derecho a votar en la cárcel en que encuentren. A estos presos también, también se le suman 101 individuos en libertad y 39 funcionarios que fijaron su domicilio en una penitenciaria.
De esta manera, en 14 establecimientos carcelarios del país se constituirán mesas para que estas personas que se encuentran privadas de libertad, puedan sufragar. Un proceso en el que se implementarán estrictos protocolos para el cumplimientos de la normas establecidas tanto en el proceso electoral como en cuanto a la seguridad del recinto penitenciario.
“La votación de las personas privadas de libertad en este plebiscito es un hito histórico“, así lo consideró José Henríquez, director de la Asociación Pensamiento Penal (Chile), tras ser contactado por ADN. El abogado hizo énfasis en que, aunque con la constitución vigente, las presos sin condenas aflictivas pueden votar, hasta esta oportunidad no se les había permitido.
“Cabe señalar que las personas privadas de libertad si bien se encontraban autorizadas para votar, incluso por la actual texto constitucional, todas las personas con condenas inferiores a tres años y aquellas personas imputadas en prisión preventiva. Todas esas personas podían votar. Sin embargo, por la falta de voluntad política y de organismos como el Servicio Electoral y Gendarmería, no se podía llevar adelante esta votación“, señaló.
Luego, el abogado se refirió a la judicialización previa de esta votación histórica. “Quedó visto en diversos recursos de protección interpuestos por el INDH y también por la Asociación Pensamiento Penal, en los cuales la Corte Suprema resolvió a favor de las instituciones que los presentaron, indicando a Servel y a Gendarmería que deberían dar las condiciones para que los privados de libertad votaran“, dijo.
Sin embargo, según indica Henríquez, a pesar de las sentencias de la Corte Suprema, aún los presos no podían. “Esta situación cambia con posterioridad al primer plebiscito, donde existe una modificación legal, que permite, de acuerdo a Servel, que ahora sí las personas privadas de libertad puedan votar y constituir mesas dentro de las unidades penales”, explicó