La empresa de Transportes de Pasajeros Metro S.A. presentó una medida perjudicial ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) para frenar el alza de tarifas de Transbank.
Según consignó La Tercera, desde Metro solicitaron a la plataforma “no poner término a los contratos con Metro ni a suspender los servicios por no pago del alza de tarifas informadas por carta del 22 de agosto ni de su modificación informada por carta de 2 de diciembre de 2022″.
Si bien la acción fue desestimada, es probable que la empresa presente un recurso de reposición. Y declaran que buscan un amparo transitorio frente a la “amenaza inminente de los efectos negativos que tendría tanto para Metro como para los usuarios de la Red de Metro, la implementación del alza de tarifas”.
Según Metro, el monto promedio de la carga de las tarjetas en las máquinas de autoservicio es de $4000 para tarjetas de débito y $6500 para tarjetas de crédito.
Y aseguran que con las nuevas tarifas de Transbank, el monto fijo por transacción expresado en UF + IVA, se traduce en un alza importante de las tarifas.
De acuerdo a estimaciones de la empresa ferroviaria, con el alza de tarifas el margen adquirente habría pasado de representar un 0,33% a un 1,17% del ticket promedio, y de un 0,24% al 1,40% del ticket promedio registrado en un mes. Lo que representa un alza de casi el doble de lo facturado a Metro antes del 22 de agosto.
Si bien durante este mes Transbank informó una reducción de sus tarifas, representan un alza cercana al 86% respecto de lo que Metro solía pagar por este servicio.
Respecto a lo que sucedería si no se suspende la aplicación de tarifas, desde la ferroviaria mencionaron que es muy probable que “(Metro)se vea en la necesidad de soportar el aumento de los costos con efectos negativos importantes en su ya mermada situación financiera. Lo que implicará una afectación relevante de los ingresos que percibe por concepto del contrato con el MTT”.
Desde Transbank señalaron que el fallo de la Corte Suprema determinó criterios específicos que debe seguir el sistema tarifario, compuesto por tres elementos: margen adquirente, tasas de intercambio y costos de marca.
Y mencionaron que “de esos tres elementos Transbank sólo tiene facultades para fijar el margen adquirente, el que tiene que ser equivalente a sus costos económicos (costos medios de largo plazo) que permitan el autofinanciamiento de la compañía”.
“Es justamente eso lo que se hizo con todos nuestros comercios afiliados, incluido Metro, tan pronto se publicó el cúmplase de la sentencia. Lo contrario hubiese implicado discriminaciones arbitrarias e ilegales y abiertamente contrarias a lo dispuesto por la Corte Suprema”, agregó.