El ministro en visita Mario Carroza estableció que el exfrentista Mauricio Hernández Norambuena, más conocido como “Comandante Ramiro”, ex jefe operativo del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, quién deberá cumplir dos penas de 15 años de presidio.
Esta decisión va en línea a las penas establecidas por el tratado del Mercosur y por la cual fue extraditado Hernández Norambuena desde Brasil.
El juez Carroza abonó los 1.256 días en que “Ramiro” cumplió condena en Chile, antes de fugarse de la Cárcel de Alta Seguridad en 1996, y los 12 años que estuvo detenido mientras se realizaban los trámites para su extradición.
El juez Carroza abonó los 1.256 días en que “Ramiro” cumplió condena en Chile, antes de fugarse de la Cárcel de Alta Seguridad en 1996, y los 12 años que estuvo detenido mientras se realizaban los trámites para su extradición.
¿Habrá abonos para reducir la pena?
Según la resolución de Carroza, se establece un abono de 1.256 días, correspondientes al periodo que estuvo preso en la cárcel de Alta Seguridad de Santiago hasta su fuga, en 1996, más los 12 días que permaneció detenido mientras se realizaban los trámites para su extradición.
Las situaciones que resolvió Carroza
Tras la resolucion del pasado viernes, Carroza explicó que antes de determinar la condena final, tuvo que tomar en cuenta dos situaciones: "Una es la conmutación de la pena, en el sentido de convalidar la sentencia que existe en Brasil de extradición, que dice relación con que la pena que deba cumplir no sea superior a 30 años. Pero, también, deberíamos resolver la petición del señor Espinoza, que dice relación con los abonos que debería cumplir”.
Carroza rechaza aplicar media prescripción a condenas de Hernández Norambuena
Comentó además, que existen "dos tipos de abono. Uno de todo el tiempo que permaneció en Chile, pero también, el abono de su reclusión en Brasil".
Asimismo, declaró que también recibió información de Gendarmería, quienes le habían solicitado no reconocer el mismo día en que se fugó de la Cárcel de Alta Seguridad en 1996.
Según la resolución de Carroza, se establece un abono de 1.256 días, correspondientes al periodo que estuvo preso en la cárcel de Alta Seguridad de Santiago hasta su fuga, en 1996, más los 12 días que permaneció detenido mientras se realizaban los trámites para su extradición.
Las situaciones que resolvió Carroza
Tras la resolucion del pasado viernes, Carroza explicó que antes de determinar la condena final, tuvo que tomar en cuenta dos situaciones: "Una es la conmutación de la pena, en el sentido de convalidar la sentencia que existe en Brasil de extradición, que dice relación con que la pena que deba cumplir no sea superior a 30 años. Pero, también, deberíamos resolver la petición del señor Espinoza, que dice relación con los abonos que debería cumplir”.
Carroza rechaza aplicar media prescripción a condenas de Hernández Norambuena
Comentó además, que existen "dos tipos de abono. Uno de todo el tiempo que permaneció en Chile, pero también, el abono de su reclusión en Brasil".
Asimismo, declaró que también recibió información de Gendarmería, quienes le habían solicitado no reconocer el mismo día en que se fugó de la Cárcel de Alta Seguridad en 1996.