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Servel advierte de vacío legal en límite de gastos de los partidos políticos para campañas por el plebiscito

El presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), Patricio Santamaría, reiteró la existencia de un vacío legal en la regulación del financiamiento de las campañas para el plebiscito del próximo 26 de abril.

Ya a comienzos de enero pasado, el abogado había advertido de la falta de una norma legal específica relativa sobre este asunto, ya que la ley sobre cargos de elección popular (Ley 19.884, en la que los candidatos deben nombrar administradores electorales y abrir una cuenta especial para que el Servel fiscalice los aportes que reciben) no es aplicable al plebiscito ya que “nos encontramos frente a opciones” y no a candidaturas.

En respuesta, el ministro de Segpres, Felipe Ward, aseguró que el gobierno estudiaba los mecanismos para corregir “todos aquellos vacíos que podrían haber para el plebiscito”, sin embargo, el período de campaña inició ayer y aún no se ha enviado ninguna iniciativa en torno a la materia.

Por esta razón, Santamaría explicó que desde el organismo “fuimos más allá de la ley” y dictaron un instructivo titulado “Instrucciones sobre financiamiento de los Partidos Políticos en el proceso de Plebiscito 2020”, que fue enviado a las colectividades a fines de enero pasado.

Según consigna El Mercurio, en el documento se explica que, a falta de normativa, se aplicó la Ley 18.603 que regula los partidos, y ella establece que estas colectividades pueden recibir donaciones solo de personas naturales y de origen nacional por un monto de hasta 500 UF anuales cada una. 

De este modo, las colectividades deberán deberán informar al Servel cuáles de esos fondos destinaron al plebiscito y el organismo estará en condiciones de realizar la fiscalización en los balances anuales. 

Sin embargo, el problema aparece debido a que no se indica ningún tipo de límite de aportes a recibir ni de gastos a realizar para este proceso en específico, como sí se contempla en las campañas presidenciales, parlamentarias y municipales. “No está en el instructivo porque los partidos no tienen ninguno de esos límites (para el plebiscito), ni de aportes, ni de gasto”, explicó Santamaría

En la misma línea, el abogado indicó que las posibles campañas por el Apruebo o Rechazo “de personas naturales y de otro tipo de organizaciones está desregulado, y ahí es donde hay que llamar a la responsabilidad“.

María Jaraquemada, directora ejecutiva de Espacio Público, explicó que “los partidos tienen su regulación de aportes; no tienen límites de gasto y ellos verán qué porcentaje de eso destinan a la propaganda del plebiscito. El problema es con los ciudadanos que quisieran hacer campaña. No hay control, ni límite al gasto, no están sujetos a sanciones. Quedó un vacío legal”.

La abogada agregó que uno de los riesgos que podría darse es que las tiendas recibieran financiamiento extranjero sin tener que transparentarlo, porque no les fue prohibido.