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TC declaró inconstitucional la homosexualidad como causal de divorcio culposo

El Tribunal Constitucional (TC) declaró como inconstitucional la ley que tipifica la homosexualidad como causal de divorcio culposo, lo que fue celebrado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

Esta causal está establecida en el artículo 54 de la Ley 19.947 sobre Matrimonio Civil y que establece que "el divorcio podrá ser demandado por uno de los cónyuges" en caso de "atentando contra la vida o malos tratos graves", "abandono", "transgresión grave y reiterada de los deberes de convivencia, socorro y fidelidad", "condena de crímenes o delitos", "alcoholismo o drogadicción" y "tentativa para prostituir al otro cónyuges o a los hijos" y "la conducta homosexual".

Sin embargo, el TC decidió declarar como inconstitucional esta causal -sentencia que actualmente está en etapa de redacción- luego de que el Juzgado de Familia de Coquimbo presentara a dicho tribunal en junio del 2020 un requerimiento de inaplicabilidad.

Esto tras conocerse que un hombre había solicitado el divorcio con una mujer lesbiana, causa en que se hizo parte el Movilh, alegando que "al ser la infidelidad también una causal de divorcio culposo, resulta innecesario, además de estigmatizante, que se hable de 'conducta homosexual', en tanto en ningún caso se hace referencia a la heterosexualidad".

Tópicos: Sociedad | Minorías sexuales
TC declaró inconstitucional la homosexualidad como causal de divorcio culposo
Publicado:
 Domingo, 11 de Abril de 2021 a las 12:22hrs. Autor: Cooperativa.cl
Actualmente, la "conducta homosexual" es una causal establecida en el artículo 54 de la Ley 19.947 sobre Matrimonio Civil.

"Se trata de una norma homofóbica que atenta contra la igualdad de todas las personas", dijo el vocero del Movilh, Óscar Rementería.
Foto: ATON (Referencial)



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El Tribunal Constitucional (TC) declaró como inconstitucional la ley que tipifica la homosexualidad como causal de divorcio culposo, lo que fue celebrado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

Esta causal está establecida en el artículo 54 de la Ley 19.947 sobre Matrimonio Civil y que establece que "el divorcio podrá ser demandado por uno de los cónyuges" en caso de "atentando contra la vida o malos tratos graves", "abandono", "transgresión grave y reiterada de los deberes de convivencia, socorro y fidelidad", "condena de crímenes o delitos", "alcoholismo o drogadicción" y "tentativa para prostituir al otro cónyuges o a los hijos" y "la conducta homosexual".

Sin embargo, el TC decidió declarar como inconstitucional esta causal -sentencia que actualmente está en etapa de redacción- luego de que el Juzgado de Familia de Coquimbo presentara a dicho tribunal en junio del 2020 un requerimiento de inaplicabilidad.

Esto tras conocerse que un hombre había solicitado el divorcio con una mujer lesbiana, causa en que se hizo parte el Movilh, alegando que "al ser la infidelidad también una causal de divorcio culposo, resulta innecesario, además de estigmatizante, que se hable de 'conducta homosexual', en tanto en ningún caso se hace referencia a la heterosexualidad".

El vocero del Movilh, Óscar Rementería, sostuvo que "sabemos, y tenemos la convicción, de que una de las razones para declarar inconstitucional a la causal de divorcio culposo por homosexualidad, se trata de una norma homofóbica que atenta contra la igualdad de todas las personas. Y en este punto, el TC fue explícito y claro".

"Hoy, damos un paso histórico, pues se avanza hacia la derogación definitiva de una de las tres normas homofóbicas vigentes en Chile y, como consecuencia, homosexuales accedemos a mejores condiciones de igualdad", concluyó.