El 18 Juzgado Civil de Santiago ordenó restituir a Julio Ponce Lerou los $2.152 millones que transfirió hace un mes como multa por su rol en el Caso Cascadas, luego que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) impugnara el pago.
El pasado lunes 9 de noviembre, el empresario transfirió dicho monto a la cuenta corriente del 18 Juzgado Civil, en el marco de la multa cursada en el año 2014 por la Superintendencia de Valores y Seguros.
Originalmente, el monto a pagar era por 1,7 millones de UF, pero el viernes 2 de octubre la Corte Suprema dejó la multa final en 75 mil UF, basándose en un dictamen del Tribunal Constitucional.
Ponce procedió a pagar la multa a través de una transferencia realizada desde su cuenta personal en el Banco Santander. Sin embargo, días después el CDE acudió al tribunal para impugnar el pago.
Según informó La Tercera, el organismo reclamó como erróneo el procedimiento seguido por su abogado, Jorge Bofill, ya que Ponce debía pagar la multa en la Tesorería General de la República y no en el juzgado.
Además, cuestionó la petición de Bofill de calcular los intereses desde el 2019, año en que el Tribunal Constitucional redujo la multa. El CDE afirmó que el cálculo debía ser desde el año 2014, lo que duplicaría el monto a pagar y agregaría un 111% a los $2.152 millones que ya acreditó.
Con esto, el 18 Juzgado Civil de Santiago dictaminó un "no ha lugar" por improcedente a las peticiones de la defensa de Bofill.
"Atendido a lo resuelto precedentemente, hágase la devolución del monto consignado a la parte demandante mediante giro pertinente en su oportunidad", señaló la jueza titular, Claudia Donoso.
De acuerdo al mismo medio antes señalado, Juan Peribonio, presidente del CDE, valoró el dictamen, indicando que"se aceptaron los fundamentos de la impugnación efectuada por el Consejo respecto de la improcedencia del pago pretendido por el reclamante y se ratificó, además, que el cálculo de los intereses realizado no es el correcto".
También afirmó que el Consejo insistirá en "todas las instancias que corresponda en que dicho cálculo se realice de forma correcta, esto es, a partir de 2014 y no desde 2019, como pretendía el reclamante".