El Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción condenó al Gobierno Regional del Biobío por la exoneración discriminatoria y con vulneración de derechos fundamentales de funcionaria desvinculada en junio de 2018, por razones políticas.
La sentencia sostiene que ha quedado acreditado con la prueba documental consistente en Resolución Exenta N°810/99/2017 de fecha 30 de noviembre de 2017 y la Resolución Exenta N°2325 de fecha 29 de junio de 2018, que la actora en el mes de noviembre del año 2017 le fue renovada su contrata por todo el año 2018 con el objeto de seguir cumpliendo las funciones para la cual habría sido contratada y que venía desarrollando por más de 10 años, y que éste le fue cesada en forma anticipada por la actual autoridad política-administrativa.
El Juzgado condenó al Gobierno por el despido discriminatorio y con vulneración de derechos fundamentales, fundado en "razones políticas", de una funcionaria llamada Ana María Barrientos Figueroa.
El magistrado Eliecer Cayul acogió una acción de tutela laboral presentada por Barrientos, de profesión ingeniera civil, y condenó al Ejecutivo a pagarle una indemnización total de 69 millones 364 mil 779 pesos, dado que la ley no permite "cometer actos discriminatorios motivados en la opinión política, vulnerando al trabajador en su igualdad de oportunidades en el empleo".
El tribunal estableció que, "sin considerar los años de servicio que tenía (la afectada), la experiencia y experticia en su calidad de ingeniero civil, desempeñándose incluso para autoridades de la misma coalición política que gobierna el país en la actualidad, se ha privilegiado a una persona que milita en uno de los partidos de la actual coalición de gobierno": Daniel Gutiérrez Fariña, militante RN.
La resolución agrega que precisamente lo que se prohíbe por la Ley, la Constitución Política y los Tratados Internacionales, es que aun estando contemplada en la ley la decisión adoptada por el empleador se le permita cometer actos discriminatorios motivados en la opinión política, vulnerando al trabajador en su igualdad de oportunidades en el empleo. En autos lo que ha postulado la actora es que sin considerar los años de servicio que tenía, la experiencia y experticia en su calidad de ingeniero civil, desempeñándose incluso para autoridades de la misma coalición política que gobierna el país en la actualidad, se ha privilegiado a una persona que milita en uno de los partidos de la actual coalición de Gobierno.
Por tanto, concluye:
I).- Que, se rechaza la excepción de incompetencia absoluta incoada por la denunciada a objeto de enervar la acción de la denunciante.
IV).- En consecuencia la denunciada deberá pagar a la denunciante las siguientes prestaciones:
1.- El equivalente a 8 remuneraciones a la base de cálculo señalada en esta resolución, ascendente a la suma total de $22.108.296.
2.- La suma de $2.763.537 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo.
3.- La suma de $27.635.370 por concepto de indemnización por años de servicios.
4.- La suma de $13.817.685 por concepto recargo legal de la indemnización por años de servicios.
5.- La suma de $3.039.891 por concepto de feriado legal y proporcional respectivamente.
V).- Que, las sumas ordenadas pagar lo serán con los reajustes e intereses legales respectivos".