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Ex alcaldesa de Antofagasta Karen Rojo es condenada a cinco años de cárcel efectiva por fraude al Fisco

El Tribunal Oral en Lo Penal de Antofagasta comunicó la sentencia contra la exalcaldesa Karen Rojo, por fraude al Fisco en contra de la Corporación Municipal de Desarrollo Social del municipio, ordenando a esta cumplir una pena efectiva de cinco años de presidio. "Se condena a la acusada a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, junto a las penas accesoria de inhabilitación absoluta para cargos, empleos u oficios públicos por cinco años y un día; inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la pandemia, y el pago de una multa ascendente al 20% del perjuicio causado -equivalente a poco más de $4 millones- como autora del delito de fraude al Fisco", indicó el magistrado Juan Salgado.

Y agregó: "No reuniéndose los requisitos legales, no se sustituye la pena impuesta a la sentenciada por alguna de las contempladas en la ley 18.216, por lo que deberá cumplirla efectivamente, contabilizándose desde que se presente o sea habida, no existiendo abonos que considerar".

La ex autoridad fue sentenciada a fines de 2020, oportunidad en que también se le absolvió de negociación incompatible. El juicio, que contó con más de 100 testigos, comenzó el pasado 3 de noviembre, oportunidad en el que el Ministerio Públicó presentó diversa evidencia para probar que la ex autoridad contrató una asesoría comunicacional para las elecciones municipales de 2016 -en que resultó elegida-, para la cual habría utilizado fondos de la Corporación Municipal de Desarrollo Social (CMDS) y de la Corporación Cultural de Antofagasta. El monto cuestionado bordeaba los $26 millones.

Por los hechos, el fiscal de Antofagasta, Cristián Aguilar, había solicitado una pena de 7 años. Producto del caso, la también exseremi de Salud de la región renunció al cargo municipal en noviembre del año pasado, asegurando que "han intentado hundirme una y otra vez, incluso sacándome por secretaría. El juicio es otra maniobra más, pero también es el momento de demostrar mi inocencia".

Según el tribunal, "resultó establecido más allá de toda duda razonable" que en agosto de 2015, Rojo, entonces alcaldesa, y dos funcionarios municipales se reunieron en Santiago con el gerente de asuntos públicos de la empresa Cadem, Roberto Izikson, "con la finalidad de que esta realizara una encuesta para medir el grado de adhesión ciudadana que tenía la solicitante para enfrentar las elecciones municipales". Ante un desfavorable resultado en dicha consulta, se coordinó una nueva cita con Izikson para ver una "forma de revertir dicha situación", oportunidad en que este último le sugirió contratar una asesoría política, proponiendo a José Miguel Izquierdo, representante de la empresa Main. Rojo se reunió con Izquierdo a fines de septiembre de 2015.

A mediados de octubre, y ante la dificultad de obtener fondos para el pago de la asesoría que ya se estaba ejecutando, Rojo optó en forma deliberada por instruir a la celebración de un contrato de asesoría comunicacional entre la empresa Main y la CMDS de Antofagasta, persona jurídica de derecho privado, sin fines de lucro (...) y cuya función comprende la administración y operación de los servicios de educación, salud y atención de menores traspasados por la municipalidad de Antofagasta, teniendo a su cargo recursos fiscales", acotó Durán.

Para tal decisión, continuó la jueza, Rojo se coordinó con el ex secretario ejecutivo de la Corporación Municipal de Desarrollo Social, Edgardo Vergara, "quien suscribió sin que existiera una necesidad inmediata para la corporación y con el objeto de pagar una asesoría contratada en beneficio exclusivo de Rojo, el contrato entre Main y CMDS".

El tribunal también resolvió por mayoría condenar por fraude al Fisco a Vergara y absolver en forma unánime al también funcionario municipal Héctor Gómez por el mismo ilícito en contra de la Corporación Cultura. Para Vergara se dispusieron 3 años y 1 día de libertad vigilada.