El ámbito laboral comienza a moverse dado que hay varias novedades así está en los planes del gobierno. A la entrega del informe sobre Modernización, en los próximos días -durante la segunda quincena específicamente- el Ejecutivo presentará una nueva Reforma Laboral que buscará introducir cambios a la legislación implementada en abril de 2017, entre otros.
Entre las modificaciones a la reforma de la expresidenta Bachelet, el gobierno pretende volver a regular y explicitar en la legislación laboral la existencia de los grupos negociadores, que se crean de manera paralela a los sindicatos para negociar.
Dentro de los argumentos que se plantean al interior del Ministerio del Trabajo para reintegrar a estos grupos en la Ley, más allá de las recomendaciones de los expertos que estarán plasmada en el informe, se encuentra la resolución del Tribunal Constitucional (TC) emitida en enero de 2017 y que fue obviada en la legislación actual, y que señalaba que tanto los grupos negociadores como los sindicatos tienen el mismo estatus jurídico y derechos para efectuar una negociación colectiva.
A esto se suma el reciente fallo de la Corte Suprema que rechazó el recurso de protección -acogido inicialmente por la Corte de Apelaciones de Santiago- presentado por un grupo de sindicatos (entre ellos Walmart, Unimarc, Unilever, Minera Los Pelambres, entre otros) que buscaban impugnar el dictamen de la Dirección del Trabajo, en el que se validaba los instrumentos de negociación colectiva de los grupos negociadores.
Frente a ello, el Ejecutivo habría decidido incluir un procedimiento legal diferenciado para los grupos negociadores, es decir, que puedan negociar, pero de manera no reglada, sin fuero y sin derecho a huelga, según Pulso.
Esta es una de las opciones que entregaron los técnicos en la mesa sobre Modernización Laboral. Sin embargo, en la misma instancia se advirtió que la huelga es un derecho fundamental de los trabajadores, por lo que podría generar un nuevo inconveniente en el TC.
Esta propuesta también se aleja del acuerdo alcanzado entre multisindicales y la Confederación de la Producción del Comercio (CPC), que plantea que de existir una afiliación menor al 51% o no existan sindicatos, podrían constituirse grupos negociadores, pero solo uno por empresa, el cual debería contar con un quórum mínimo para su constitución (8 trabajadores).
En este contexto, la presidenta de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Bárbara Figueroa, señaló que el último fallo de la Corte Suprema “no valida los grupos negociadores, sino más bien lo que dice es que el recurso de protección ya no resulta ser el camino más adecuado, pero hay otros caminos que no se agotan aquí, por lo que aún es una materia de debate”.
Figueroa además rechaza que el gobierno presente una nueva reforma: “Si hoy tenemos dificultades con los grupos negociadores es por la incapacidad democrática que tuvo la oposición en su momento, hoy gobierno, de respetar lo que se sancionó en el Congreso (recurriendo al TC), por ende no es un problema de la reforma laboral actual”.