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Piñera decreta estado de excepción por graves disturbios, saqueos, y violencia y "para asegurar el orden público". Militares salen a la calle

El Presidente Piñera decretó Estado de Emergencia para las provincias de Santiago, Chabuco y en las comunas de Puente Alto y San Bernardo en la Región Metropolitana, designando al General de División, Javier Iturriaga del Campo, (en la foto) como jefe de la defensa, con el objetivo de "asegurar el orden público, la tranquilidad de la ciudad de Santiago y garantizar todos los derechos de nuestros compatriotas".

La determinación la tomó el mandatario  debido a los graves incidentes que se han registrado durante esta jornada tras las protestas por el alza del valor del  boleto del metro, produciéndose durante la semana diversas evasiones masivas.

"Es muy simple y profundo, esto es para asegurar el orden público y mantener la tranquilidad de los habitantes de Santiago", dijo el Mandatario.

Piñera se refirió al alza de los pasajes en el Metro. "Solidarizo con muchos de mis compatriotas, por esa razón, nuestro Gobierno va a convocar a un diálogo transversal, para atenuar y aliviar la situación de nuestros compatriotas que se han visto perjudicados con esta alza".

"Agradezo sinceramente a Carabineros de Chile y Bomberos por defender nuestra ciudad y nuestro estado de derecho. Hay que unirnos ferreamente contra la violencia y delincuencia que tanto daño le han echo a nuestro país y a los sectores más vulnerables", complementó.

El Estado de Emergencia tiene una duración máxima de 15 días y se puede prorrogar por otros 15 más. Para otras prorrogas se necesita acuerdo del Congreso.

Dentro de esta medida, el general jefe de la Defensa Nacional puede restringir la libertad de locomoción y reunión.

¿Qué implica un Estado de Emergencia?

Según indica el decreto, un Estado de Emergencia se declara "en caso de grave alteración del orden público o de grave daño para la seguridad de la Nación, lo declarará el Presidente de la República, determinando las zonas afectadas por dichas circunstancias". En ese sentido, agrega el artículo, "declarado el estado de emergencia, las zonas respectivas quedarán bajo la dependencia inmediata del Jefe de la Defensa Nacional que designe el Presidente de la República. Este asumirá la dirección y supervigilancia de su jurisdicción con las atribuciones y deberes que la ley señale".