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Piñera se defiende de la acusación constitucional: dice que no ha comprometido gravemente el honor de la nación.


El Presidente Sebastián Piñera entregó su defensa a la acusación constitucional por violaciones a los derechos humanos durante la crisis social, que presentaron en su contra por diputados de oposición.

Según el documento presentado por el abogado Juan Domingo Acosta, Piñera invocó la cuestión previa, apelando a que la “la acusación no es admisible, ya que no cumple con uno de los requisitos mínimos”, como “ser de carácter excepcional o de ultima ratio”.

En su presentación, el Mandatario señala que “de las múltiples herramientas de control que tiene la Cámara de Diputados, la acusación constitucional es la más excepcional de todas. Es un recurso que debe ser utilizado en forma restrictiva, reservándolo sólo para casos en que se han agotado todas las vías jurídicas y políticas para solucionar los conflictos. Utilizar la Acusación Constitucional, en este escenario, implica una banalización de este instrumento y podría significar un grave atentado contra la gobernabilidad del país, paralizando la atención de los altos mandos”.

Además de cuestionar que la acusación constitucional sea utilizado para “ejercer presión política”, apunta que “vulnera gravemente el debido proceso, por fundarse en hechos que aún no han sido acreditados y por realizar imputaciones imprecisas”.

“La garantía del debido proceso exige que las imputaciones sean precisas y que constituyan actos personales del acusado. En este caso, las imputaciones que se realizan al Presidente de la República son genéricas e imprecisas, y se fundan en hechos y circunstancias que todavía están siendo investigadas y que no han sido acreditadas por los tribunales de justicia”, argumenta.

La defensa de Piñera apunta que “en ninguno de los casos que menciona la acusación constitucional ha existido un pronunciamiento por parte de los tribunales de justicia. Los acusadores tampoco han acompañado antecedentes suficientes para acercarse a una acreditación”.

Así, “los acusadores se refieren a los ‘presuntos’ o ‘posibles’ hechos, dando cuenta de la fragilidad de sus antecedentes y que todavía falta establecer la verdad judicial”.