El Tribunal de Viña del Mar decidió absolver de los delitos de apremios ilegítimos con resultado de homicidio frustrado a dos funcionarios de Carabineros imputados por hechos ocurridos el 22 de octubre de 2019, en el marco del estallido social.
En la audiencia de este miércoles se acogió el planteamiento de la defensa del sargento Mario Arancibia y el capitán Mario Guzmán, quienes apuntaban a que las lesiones fueron cometidas cuando los afectados no se encontraban bajo custodia, por lo que no correspondería esta figura legal.
El juez Claudio Espinoza sostuvo que "con los antecedentes probatorios, en primer término, no se demostró su asistencia, toda vez que los acusados no se encontraban cuidando ni custodiando a las personas que resultaron lesionadas ni las tenían bajo su control, de forma tal que estuviesen en condiciones de infringirles tratos crueles o atentaran en contra de su dignidad humana".
"Asimismo, no se ha justificado el ánimo específico de causar una aflicción o padecimiento, más allá del daño corporal propio de una conducta lesiva, como la de lesiones graves. Tampoco se ha demostrado más allá de toda duda razonable la intención dolosa de causar la muerte de las víctimas, dada las circunstancias en que el agente activo hizo uso de su arma de fuego, la ubicación y naturaleza de las lesiones inferidas no necesariamente mortales, por lo que no se ha tenido por configurado el resultado imperfecto homicida", precisó.
Ante esta situación, Arancibia fue condenado por disparos injustificados y lesiones graves en contra de seis personas, por lo que la Fiscalía pide una pena de tres años y un día y otra de cinco años, y no el presidio perpetuo que solicitaban originalmente.
Mientras tanto, Guzmán fue condenado por disparos injustificados sin víctimas en específico y fue absuelto del delito de falsificación de parte policial, por lo que se pide una pena de tres años y un día y no los 16 años que se habían comentado previamente.