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Condenan a dueño y a gerente de Parque Safari de Rancagua por muerte de trabajadora que en 2021 fue atacada por un tigre

El Juzgado de Garantía de Rancagua condenó a 540 días de presidio a Iván Sánchez y Pablo Sánchez, dueño y gerente del zoológico Parque Safari en Rancagua, respectivamente, por la muerte de una trabajadora en 2021, quien falleció tras ser atacada por un tigre de bengala.

Los sujetos quedaron con beneficio de remisión condicional, más la accesoria legal de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas, en calidad de autores de cuasidelito de homicidio.

Además, por falta de acreditación, Valeria Olmos fue absuelta de la acusación fiscal que la sindicaba como coautora del delito.

En el fallo se indica que el 5 de agosto de 2021, "Pablo Sánchez Reyes, quien se desempeñaba a esa fecha como gerente de operaciones del Parque Safari, solicitó a la víctima Catalina Fernanda Torres Ibarra, quien estaba contratada como guía de Safari, que efectuara al día siguiente una labor diferente a su trabajo habitual y que consistía en limpieza del Parque en compañía de conductores del Safari, Brian Zúñiga Riquelme y Javier Caro Retamal".

En cumplimiento de la instrucción recibida, aproximadamente a las 08:30 horas del día siguiente, 6 de agosto de 2021, "(…) los tres jóvenes iniciaron las labores de limpieza instruida la tarde anterior al interior del recinto parque Safari ubicado en ruta H30 KM5 camino a Doñihue, comuna de Rancagua, ingresando para el efecto al sector felino, lugar donde se encontraba suelto el tigre de bengala de nombre ‘Niño’, el que atacó a la víctima Catalina Fernanda Torres Ibarra, provocando lesiones corto punzantes en la zona torácica y cuello, falleciendo la víctima en el lugar".

Para el tribunal, "la muerte de la víctima Catalina Fernanda Torres Ibarra es el resultado de omisiones e infracciones cometidas por Pablo Sánchez Reyes, gerente de operaciones del Parque, que solicitó a la víctima efectuar labores que requerían capacitación que no instruyó ni efectuó, no estableció protocolos para las funciones de limpieza y mantención que debía realizar el personal de apoyo, no informó a la víctima ni a los jóvenes encargados de la limpieza sobre la existencia de un tigre suelto en su sector de felinos. Producido el ataque, no estableció un protocolo efectivo de emergencia y de reacción ante el ataque del animal feroz".

El mismo documento consigna que "la muerte de la víctima es también el resultado de omisiones e infracciones cometidas por don Iván Sánchez Lobos, propietario y representante del Parque Safari y tirador único designado en ese contexto porque no estableció protocolos de actuación de emergencia efectivos ni aplicó el protocolo de alerta roja, esto es, en su calidad de tirador único designado informado inmediatamente del ataque del animal feroz, no utilizó su arma para la eliminación del animal y salvar la vida a la víctima".

Finalmente, el fallo establece que: "(…) no puede atribuirse al actuar de doña Valeria Olmos Padilla, más allá de toda duda razonable, imprudencia o negligencia causal en la muerte de la víctima, ya la autorización dada es indeterminable en cuanto a su alcance y oportunidad, porque la evidencia deja abierta la posibilidad que haya sido requerida pasadas las 9 de la mañana, una vez que el grupo de trabajo de la víctima ya se acercaba a la zona de tigres o derechamente estaba en ella, ingresando a través de los portones eléctricos que operaban con un control remoto, por lo que su rol es marginal respecto del resultado y forzoso es absolverla de la acusación formulada en su contra".