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Fisco deberá indemnizar con $100 millones a mujer mapuche que dio a luz engrillada en Concepción

El Juzgado Civil de Concepción estableció que el fisco deberá indemnizar con $100 millones por concepto de daño moral a Lorenza Cayuhan, interna que en 2016 dio a luz engrillada en el Sanatorio Alemán.

En el fallo, la magistrada Paulina Astete rechazó las excepciones presentadas por el demandado, tras establecer la responsabilidad del fisco por falta de servicio.

En septiembre de 2020, la mujer demandó al fisco por tratos vejatorios.

El caso

En el fallo se entregan algunos detalles sobre el caso, ocurrido en octubre de 2016.

En esa fecha, la mujer -que tenía 32 semanas de embarazo- cumplía una condena por robo con intimidación en el Centro de Detención Penitenciario de Arauco (Región del Biobío). Sin embargo, debió ser trasladada hasta Concepción al comenzar con el trabajo de parto.

Cahuyan comenzó a presentar molestias físicas y fuertes dolores en la zona del vientre, y que al ser examinada por personal de salud del penal, fue trasladada al Hospital de Arauco por dos funcionarios de Gendarmería en un taxi particular. 

Una vez en el recinto hospitalario, se le retiraron las esposas tras una solicitud de la matrona que la recibió. Y tras una serie de exámenes, le diagnosticaron una crisis hipertensiva con sospecha de preeclampsia severa.

A raíz de ello, se dispuso que fuera derivada al Hospital Regional de Concepción, lo que fue cumplido por Gendarmería.

El documento continúa describiendo que mientras Cahuyan era trasladada desde Arauco a Concepción, se mantuvo con un grillete en el pie izquierdo y el otro extremo adosado a la camilla.


Una vez en el Hospital Regional de Concepción fue examinada por personal de turno. Allí, se mantuvo engrillada durante toda la noche. En dicho centro médico no tenían disponibilidad para un cupo UCI Neonatal, por lo que fue trasladada nuevamente, por una última vez, hacia la Clínica de la Mujer del Sanatorio Alemán en Concepción.

En dicho lugar, Cahuyan dio a luz con uno de sus pies atado a un grillete.

De ese modo, la resolución detalla que se estableció que el obras de las funcionarias de Gendarmería a cargo de la custodia de la mujer durante su clínica en el Sanatorio Alemán “no obedeció a un mero actuar personal, sino que lo hicieron en el rol de funcionarias públicas, siendo toda la actuación desplegada absolutamente imputable a Gendarmería de Chile, quien además conforme a dicho fallo también incurrió en falta, pues sus instrucciones para el traslado de la actora (Cahuyan) no eran acordes a su situación particular”.

Y añade que aquello no solo de dio durante el parto, sino que desde su primer traslado hacia el Hospital de Arauco, “constituyendo todo el accionar desplegado un trato vejatorio e indigno, y además discriminatorio desde diversos puntos de vista, tendiente a degradar a la demandante en su condición de mujer, gestante y parturienta, privada de libertad y perteneciente a la etnia mapuche”.