Oh I'm just counting

Los presidenciables deben opinar sobre el territorio. Por Patricio Herman, Fundación Defendamos la Ciudad

El sonriente candidato José Antonio Kast, por el cual indudablemente no votaré, expresó en una entrevista televisiva que en nuestro país las leyes no se cumplen y que, por ello, dejó entrever que ganando la elección presidencial gobernará con decretos. Unos cuantos de su sector político lo defendieron señalando que esos dichos fueron mal interpretados. 

Allá él como entiende la democracia, pero como en materia de Vivienda, Urbanismo y Medio Ambiente existen infinidad de falencias que se traducen en desinteligencias e incluso actos de corrupción, muchas de las cuales han sido dadas a conocer en este medio y en otros no capturados por la prebendaria y vivaracha élite de los poderosos inversionistas, con la arquitecta Cynthia Ross, ex funcionaria del Minvu, entre los meses de julio y agosto del año en curso, nos hemos reunido con Valentina Durán, directora ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), con Pablo Muñoz, subdirector de Avaluaciones del Servicio de Impuestos Internos (SII) y con Carolina Casanova, Seremi Minvu de la Región Metropolitana de Santiago. 

El propósito de tales amenas entrevistas era revisar situaciones anómalas que perjudican la aplicación de las leyes y del propio sistema de libre mercado vigente en Chile y en tal sentido, describiendo unas pocas materias, de las miles que existen invisibilizadas por los políticos, en esta ocasión las ponemos a disposición de quienes desean gobernar nuestro país. 

El Decreto Ley 3.516 de 1980 y el artículo 55° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) de 1976, impiden las construcciones de viviendas en los sectores rurales y a raíz del episodio de Javier Etcheberry con su casa-habitación en una parcela de agrado ilegal de 5.000 m2 en la comuna de Paine, el presidente Boric instruyó a sus ministros, en orden a que se hicieran las modificaciones necesarias para que, sobrepasándose los límites urbanos, se puedan edificar viviendas, lo que nos pareció acertado. Recordemos que el DL 3.516 admite solo las subdivisiones prediales rurales para fines agrícolas, ganaderos y forestales.  

Pero, desconociéndose el marco legal, la letra g.1) del artículo 3° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), establece que los conjuntos habitacionales con una cantidad igual o superior a 80 viviendas, sin señalarse el tamaño del predio, que se localicen en áreas rurales, deben someterse a evaluación de impacto ambiental, lo que ha inducido a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a exigir que los loteos de parcelas de agrado, que vulneran los 2 cuerpos legales indicados, se transformen por arte de magia en legales. Con lo dicho, se evidencia que esta disposición reglamentaria que siempre se ha aplicado es contraria a derecho. 

También nos llama la atención que, para el cobro de las contribuciones, el SII se refiera a los "bienes raíces no agrícolas destinados a la habitación", en circunstancias que se trata de inmuebles con distintos usos de suelo, localizados en sectores urbanos de las ciudades, asunto que tratamos en detalle con el subdirector de Avaluaciones de ese servicio, quien nos explicó que todavía se utiliza esa denominación por una costumbre de antigua data. 

En el año 2021, gobierno de Piñera, el Minvu inició una consulta pública para modificar la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), señalándose como principal motivo la urgente actualización de la normativa para adecuarla progresivamente al avance tecnológico y al desarrollo socioeconómico del país, de forma de aumentar las exigencias de protección contra incendios a las edificaciones. Nos referimos a las normas de inspección de protecciones a las estructuras,  ensayos de materiales, detección de incendios, rociadores automáticos, etc.  

Se queman viviendas a diario, y en los últimos años hemos visto incendios catastróficos que afectan hogares que provocan cientos de muertes, pero a la fecha, por una dilación injustificada y hasta curiosa, el MINVU se resiste a firmar el acto administrativo respectivo que fortalecerá la seguridad de los chilenos ante estas desgracias

En las áreas de preservación ecológica (APE) anotadas en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) de 1994, solo se admiten ciertas y acotadas actividades, estando prohibidas las viviendas, pero a pesar de esa limitación, existen allí cientos de casas-habitación, debido a la ausencia de fiscalización de los municipios, dejándose en claro que en la comuna de Lo Barnechea hay un sustentable proyecto viviendas que, por haber obtenido permisos del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) en el año 1979, cuenta con un dictamen favorable de la Contraloría General de la República, conforme a los derechos adquiridos asociados con el principio de la protección de la confianza legítima.  

Hace unos 4 años atrás, un grupo de ciudadanos preparamos un proyecto de ley para que los inmuebles fiscales que el Ministerio de Bienes Nacionales les asigna en calidad de Patrimonio de Afectación Fiscal (PAF) a todas las ramas de la Fuerzas Armadas (FFAA), no sean utilizados arbitraria y lucrativamente por los respectivos Comandos de Bienestar de esas instituciones. El ex diputado Rodrigo González (QEPD) consiguió la firma de unos cuantos de sus colegas, una de las cuales era Maya Fernández, quien después ejerció el cargo de ministra de Defensa, para presentar el proyecto de ley. Este, por razones de fácil entendimiento, pues los lobbystas son muy efectivos, está guardado en un lúgubre despacho de la Cámara de Diputados, a pesar de que con el arquitecto Miguel Lawner, tratamos el asunto con el Subsecretario para las FFAA, Galo Eidelstein, quien se comprometió a gestionarlo, lo que no hizo.

Por último, 2 artículos de la LGUC, le entregan plenas atribuciones a los alcaldes y a los Seremis Minvu para que ordenen demoler las construcciones ilegales, incluso con la asistencia de la fuerza pública, facultades que no se aplican por la maraña burocrática existente, siendo el mejor ejemplo lo que sucede con la toma del terreno de la familia Correa en Quilpué.   

Así las cosas, ¿será posible que Jara, Kast, Matthei, Kaiser, Parisi, Enríquez-Ominani, Mayne-Nicholls y Artés incorporen en sus programas cuales serán sus políticas en el uso del territorio y si desean implementar una reingeniería en el Minvu?