Está claro que, si no fuera por la necesaria labor correctiva de la Contraloría General de la República, la corrupción que se conoce, sobre todo la inmobiliaria y ambiental, sería ilimitada y por lo tanto, las diferentes reglas de los mercados no tendrían ningún valor.
En nuestro país hay muchos actores privados y agentes del Estado que hablan en los medios de comunicación de probidad, ética y transparencia en los negocios, pero se desconocen sus denuncias en los órganos competentes. Si ellos las realizaran se dejarían al descubierto infinidad las prácticas deshonestas de aquellos empresarios que prefieren tramitar sus proyectos con trampas para así obtener mejores utilidades.
En pocas ocasiones se conocen sus nombres, pero ellos siguen campantes debido a que sus engaños a la fe pública son publicados en ciertos influyentes medios como "errores", agregándose a veces que son de "buena fe" y así los mismos no ven manchadas sus reputaciones.
En esta oportunidad, con motivo de 2 bien fundamentadas denuncias interpuestas por la fundación Defendamos la Ciudad en la Contraloría, cuyos dictámenes números 32.883 del 23/12/2019 que ratifica uno anterior y E310/2025 del 02/01/2025, que dejan muy mal parados a los municipios de Providencia e Iquique, daremos cuenta de las fórmulas empleadas por ciertos inversionistas para violar las disposiciones legales y reglamentarias del sector Vivienda y Urbanismo.
Ahora bien, el 06/06/2016 la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Providencia otorgó a la conocida Constructora Moller Y Pérez Cotapos el permiso de edificación Nº 12 que vulneraba la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Con este acto administrativo, detectado oportunamente por vecinos del sector, se construyó en la calle Roberto del Río 1641 un edificio habitacional de 11 pisos, en circunstancias de que allí, conforme el artículo 2.1.21 de la OGUC, estaba admitida una altura máxima de 7 pisos.
Los lectores se preguntarán porqué se produjo este error y la razón es muy simple, no era error, sino una avivada empresarial con la esperanza de que nadie la iba a descubrir.
La Municipalidad de Providencia, a través de su alcaldesa Evelyn Matthei, le pidió una reconsideración a la Contraloría, con argumentos bastante pueriles y hasta infantiles, como por ejemplo que el edificio se encontraba en etapa de terminaciones y aludiendo a presuntas situaciones jurídicas consolidadas que afectarían a terceros. Con estos argumentos, la actual candidata presidencial quería ablandar al ente fiscalizador, pero el contralor Jorge Bermúdez le respondió: “No resulta procedente que el aludido permiso de edificación N° 12, consigne que las normas urbanísticas para el sitio de que se trata son únicamente las de la zona EA12, toda vez que el inmueble fusionado comprende además predios emplazados en la zona EA7, debiendo por consiguiente regirse por el artículo 2.1.21. de la OGUC”.
Pero, siempre hay un pero, lo resuelto por el ente fiscalizador, en este caso, no produjo efecto correspondiente, produciéndose por ende un desacato, pues el edificio ilegal actualmente es un nuevo hecho consumado y por lo tanto la empresa, con el solidario beneplácito de las autoridades municipales, obtuvo lo que buscaba.
Desde hace un tiempo le estamos informando a la Municipalidad de Iquique, en publicaciones de prensa y presencialmente a sus propias autoridades, que las normas urbanísticas, de acuerdo al mandato del artículo 38° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), contenidas en el Plan Regulador Intercomunal Costero de Tarapacá (PRICT), vigente desde junio de 2022, se incorporan automáticamente en su antiguo Plan Regulador Comunal (PRC) del año 1981, lo que fue desoído por todas sus autoridades para posibilitar la tramitación en su DOM de diversos proyectos inmobiliarios en zonas de riesgo de inundación.
El 02/01/2025 la Contraloría le envió el dictamen N° E 310/2025 al alcalde de Iquique, Marcelo Soria, expresándole que varios permisos de edificación no se ajustan a derecho, por haberse cursados en "áreas restringidas al desarrollo urbano" descritas en el mencionado PRICT como "áreas inundables o potencialmente inundables por maremoto o tsunami", indicándole que el DOM debía aplicar el artículo 53° de la Ley N° 19.880 para invalidar todos esos permisos. Como una situación hasta graciosa, dado que el DOM deseaba subsanar los "errores", vía una resolución administrativa complementaria, la Contraloría le informó al alcalde que esa "solución" era improcedente.
Este delicado asunto se publicó el 08/01/2025 en el medio especializado Diario Financiero, ver link
https://www. defendamoslaciudad.cl/ noticias/item/8934-corrupcion- inmobiliaria-detectada-en- iquique
Corrupción inmobiliaria detectada en Iquique
En relación con el dictamen N° E310/2025 del 02/01/2025 de la Contraloría General de la República que, acogiendo la denuncia de la fundación Defendamos la Ciudad, declaró la ilegalidad de diversos permisos de edificación cursados por el DOM de Iquique, en documento adjunto se da a conocer crónica del 08/01/2025 del Diario Financiero, pues en este medio especializado se publican las ...
www.defendamoslaciudad.cl
Todos debemos tener presente que está vigente la ley N° 21.595 sobre delitos económicos y ambientales y por ello, le recomendamos al alcalde Soria que pronto se asesore por calificados abogados de Iquique, ya que en su comuna hay 21 edificaciones en tela de juicio, concluyendo que, por estar prescripto el acto corrupto de Providencia, la alcaldesa Matthei puede dormir tranquila, preocupándose solo de sus asuntos electorales, ya que desea ser presidenta de Chile.