Los "beneficiados" son Aldo Motta y Patricio Contesse Fica, quienes verán rebajadas las multas que se le habían aplicado por la Superintendencia de Valores y Seguros (hoy CMF, Comisión para el Mercado Financiero), de US$24,5 millones y US$2,4 millones, respectivamente a solo un máximo de US$614.862 cada uno. En mayo de 2018, el mismo tribanal rebajó la multa que se le había cursado a Julio Ponce Lerou.
El Tribunal Constitucional acogió los requerimientos de inaplicabilidad que le fueron presentados por quienes se desempeñaban al momento de los hechos (2014) como gerentes generales de las Sociedades Cascada y Potasios, respectivamente.
Los condenados fueron multados, pues al entender de la SVS, se logró establecer la existencia de un esquema vicioso e ilegal que habría sido ideado por el controlador Julio Ponce Lerou, con el apoyo de Motta y Contesse Fica.
Egún el Tribunal Constitucional, en el caso de Motta, "la Superintendencia a través del Consejo de Defensa del Estado ha llegado a destacar, equivocadamente a nuestro entender, la opacidad en las reglas de determinación de sanciones como valores útiles para hacer frente a una aproximación racional, calculadora y oportunista de los regulados al momento de decidir si cometer o no una infracción”.
En la misma línea estableció que sobre Contesse Fica “este Tribunal plantea que se incurre en un error al no tomar en consideración la contribución que otros tipos de sanciones o remedios legales disponibles para disuadir la comisión de conductas ilícitas, tales como las sanciones penales, sanciones individuales no pecuniarias (como la inhabilidad) e, indirectamente y de modo parcial, las acciones privadas de indemnización de perjuicios, las que por la vía de la obtención de compensación por las pérdidas sufridas (en transacciones bursátiles con características, muchas veces, de juegos de suma cero -lo que gana una parte lo pierde la otra en idéntico monto) favorecen la devolución de la ganancia obtenida ilícitamente (disgorgement)”.
La defensa de Motta presentó esta semana ante la Corte Suprema un recurso de nulidad por la sentencia impuesta por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral de Santiago el pasado 13 de enero, en el marco del mismo caso.