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TC y el aborto 3 causales: El que está por nacer no tiene categoría de persona

Éste es uno de los puntos más relevantes del fallo que difundió anoche el Tribunal Constitucional respecto de la ley impulsada por el Gobierno que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales.

"La Constitución no le otorga al que está por nacer la categoría de persona. Ello no obsta a que sea un bien jurídico de la mayor relevancia".

Éste es uno de los puntos más relevantes del fallo que difundió anoche el Tribunal Constitucional respecto de la ley impulsada por el Gobierno que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales, y respecto de la cual se acogió la objeción de conciencia institucional, que había sido desechada durante el trámite legislativo.


En la sentencia, de 297 páginas (ver archivo adjunto), los ministros subrayan que su decisión la adoptan "desde la perspectiva de la Constitución" y no de "la religión, la moral o la política", por lo tanto no entran a "tratar el estatuto ontológico del nasciturus" (página 50).

"Comprendemos la posición legítima que tienen ciertas personas contrarias al aborto, para quienes este no puede ser aceptado nunca por el Estado. (...) Pero éste no es un debate entre buenos y malos, entre pecadores y justos, entre personas con y sin escrúpulos" (pág. 49).

En la página 70 los ministros anotan ya que "la Constitución no le otorga al que está por nacer la categoría de persona", aunque "ello no obsta a que sea un bien jurídico de la mayor relevancia".

Resalta que la Carta Magna "construye su concepto de persona a partir del nacimiento" y lo hace desde su artículo primero, donde establece que "las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos" (pág. 96).