La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó la Ley Naín-Retamal, cuyo corazón del proyecto otorga una "legítima defensa acentuada o privilegiada" a las policías cuando actúen en procedimientos complejos.
La polémica norma tuvo el respaldo de 106 parlamentarios y parlamentarias; 24 votaron en contra y 13 se abstuvieron. En el desglose, toda la oposición votó a favor de los proyectos refundidos que fueron presentados por la UDI y Renovación Nacional (RN), mientras que el oficialismo votó dividido: el Partido Comunista y la mayor parte del Frente Amplio no respaldaron la iniciativa, mientras que la mayor parte del Socialismo Democrático sí lo hizo.
Tal como está el proyecto, esta "legítima defensa privilegiada" aplica en caso de uso de arma letal en el ejercicio de sus funciones cuando, por ejemplo, haya una agresión mediante uso o amenaza de uso de arma blanca o armas de fuego. También frente a cualquier otro objeto cortante, punzante o contundente que sea apto para provocar la muerte o lesiones corporales graves al funcionario policial u otra persona o cuando la agresión fuese perpetrada por un grupo de dos o más personas, en que el funcionario estime razonablemente que el acometimiento tiene potencialidad mortal o lesiva.
El Gobierno de Gabriel Boric anunció que ingresarían indicaciones al proyecto, en el sentido que se le diera una categoría distinta a los Carabineros cuando hagan uso de su arma en procedimientos policiales y que no queden en la categoría de imputados, que es la categoría que tiene cualquier persona, y que es también como funciona actualmente.
El respeto de las indicaciones de la ley fueron aprobadas con amplio respaldo e hicieron que el proyecto fuera despachado al Senado, precisamente donde el Ejecutivo buscará hacerle modificaciones a la norma.
La ley además, no permite a las personas que sean condenadas por delitos cometidos contra los integrantes de las policías que accedan a beneficios carcelarios. En particular, se define que este beneficio no procederá respecto de “aquellos delitos en los que se haya atentado contra la integridad física de funcionarios, en razón de su cargo, de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones y de Gendarmería de Chile”.
También se agrava el delito de homicidio contra Carabineros a la pena de presidio perpetuo calificado.