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Tribunal Constitucional afirma que parlamentarios sí pueden pedir créditos a BancoEstado para financiar campañas

El organismo que preside Iván Aróstica afirmó que es facultad exclusiva del TC declarar la inhabilidad de un parlamentario para celebrar o caucionar contratos con el Estado, de conformidad con el estatuto de prohibiciones, competencia y procedimiento establecido en los artículos 60 y 93, numeral 14º e inciso decimoctavo, de la Constitución.

Una puerta, y al parecer ancha, se le abre a los parlamentarios candidatos que se han quejado por no poder solicitar créditos al BancoEstado para financiar sus campañas políticas.

El Tribunal Constitucional entró a la polémica y afirmó que éstos sí pueden celebrar contratos con esta institución financiera para este fin.

El organismo que preside Iván Aróstica afirmó que es facultad exclusiva del TC declarar la inhabilidad de un parlamentario para celebrar o caucionar contratos con el Estado, de conformidad con el estatuto de prohibiciones, competencia y procedimiento establecido en los artículos 60 y 93, numeral 14º e inciso decimoctavo, de la Constitución.

"Es por lo anterior que, no habiéndose aperturado un proceso por alegaciones de inhabilidad respecto de algún parlamentario en concreto, y, por ende, no existiendo sentencia que la declare, no corresponde ni procede jurídicamente dar por establecida inhabilidad alguna respecto de dichos créditos", informó.