La Universidad de Santiago (Usach) luego de que el Consejo para la Transparencia (CPLT) ordenara la entrega de los antecedentes académicos de la exconvencional Elisa Loncon. Ante esto, la casa de estudios interpuso un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago.
A principios de mayo se había informado que el órgano fiscalizador había accedido a la solicitud presentada por El Polígrafo de El Mercurio para que la universidad entregara por Ley de Transparencia dicha información de quien fuera presidenta de la Convención Constitucional.
La acción busca acceder tanto a los cursos de pregrado como posgrado de Elisa Loncon, además de los estudios y papers publicados por esta durante los últimos cinco años. La razón de esta solicitud se debe a que la Usach le otorgó un año sabático a la política mapuche por su “jerarquía académica y antigüedad”.
Si bien la Usach se negó en primera instancia a entregar estos datos por petición de la exconvencional, se presentó un recurso al CPLT que fue acogido. Ante esto fue que la Usach interpuso el recurso de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones.
De acuerdo a lo informado por El Mercurio, la acción de la casa de estudios apunta a una presunta infracción al artículo 49 de la Ley de Transparencia. En este se señala que el Consejo Directivo del CPLT debe adoptar sus decisiones por mayoría de miembros con un quórum mínimo de tres consejeros.
Sobre esto precisaron que en la instancia el amparo fue acogido solamente por el presidente del CPLT, Francisco Leturia, y la consejera Natalia González. Sin embargo, el consejero Bernardo Navarrete se abstuvo tras invocar una norma sobre conflicto de intereses.
Desde la Usach además acusan que si bien el amparo fue acogido el 27 de abril de 2023, en enero el presidente del CPLT afirmó en conversación con medios de comunicación sobre el caso de Elisa Loncon que “tenemos que entender que no se está pidiendo ninguna cosa de otro mundo, no hay ninguna cosa rara”.
Debido a esto, la universidad afirma que las declaraciones de Francisco Leturia significarían un “pronunciamiento anticipado”. De esta manera, la Corte de Apelaciones ahora deberá fijar una audiencia para pronunciarse ante este caso.