Por Alfredo Peña R.
El proyecto de ley que regula las plataformas de apuestas en línea en Chile plantea una apertura del mercado que, si bien persigue objetivos de formalización tributaria y protección del jugador, podría traducirse en una ventaja competitiva desproporcionada para dos actores públicos: la Polla Chilena de Beneficencia y Lotería de Concepción.
Esto contrasta con el estricto sistema de licitación y operación bajo el cual operan los casinos formales y físicos concesionados conforme a la Ley N° 19.995, generando una posible vulneración del principio de igualdad ante la ley y el régimen jurídico especial que rige a dichos operadores.
El proyecto de ley: una apertura a operadores en línea
El proyecto actualmente en discusión en el Congreso Nacional establece un marco regulatorio para el funcionamiento de plataformas de apuestas en línea, permitiendo su operación en Chile a través de licencias que serían otorgadas por la Superintendencia de Casinos, Apuestas y Juegos de Azar (nueva institucionalidad propuesta). Dentro de las disposiciones transitorias, se contempla un régimen preferente para operadores ya establecidos —como la Polla Chilena de Beneficencia y Lotería de Concepción— que podrán participar del nuevo sistema sin someterse a un proceso competitivo de licitación pública.
Un trato preferente para Polla y Lotería: ¿privilegio o continuidad histórica?
Ambas entidades gozan de un reconocimiento legal como empresas del Estado (en el caso de Polla) o controladas por universidades públicas (en el caso de Lotería). Históricamente han operado con autorizaciones legales específicas, lo que les ha permitido comercializar juegos de azar a nivel nacional. No obstante, el nuevo proyecto las exime de competir en igualdad de condiciones con nuevos actores privados y les entrega un estatus de operadores de “interés público”, legitimando su presencia en el mercado online sin mayores restricciones ni licitaciones.
El contraste con el régimen de casinos formales y físicos: concesiones, inversión y restricciones
En contraste, la operación de casinos físicos en Chile se encuentra estrictamente regulada por la Ley N° 19.995, que establece un régimen de concesiones limitado en número, sujeto a licitación pública y renovaciones periódicas. Los operadores deben realizar inversiones cuantiosas, cumplir exigencias urbanísticas, ambientales, tributarias y de seguridad, además de pagar derechos de operación (un 20% del ingreso bruto, más el impuesto específico del 10%). Esta asimetría entre el régimen concesionado y el nuevo sistema propuesto para el juego online genera una situación de desventaja jurídica y económica para los operadores formales y físicos.
Posibles vicios de inconstitucionalidad y colisión normativa
Este trato preferente puede interpretarse como una infracción al principio de igualdad ante la ley (art. 19 N° 2 de la Constitución), especialmente si se considera que los casinos físicos deben cumplir con requisitos mucho más estrictos para operar. Asimismo, podría haber una transgresión al principio de legalidad, pues la asignación de licencias online a entes públicos sin licitación podría configurarse como una transferencia de dominio público sin procedimiento competitivo.
También es discutible que el Estado mantenga un monopolio fáctico a favor de ciertos operadores (como Polla y Lotería) mientras liberaliza el mercado a través de licencias sin regular los efectos que eso tiene en el ecosistema físico preexistente. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha establecido que los privilegios estatales deben tener una justificación razonable y proporcional.
Escenarios posibles
El proyecto de ley sobre juego online, aunque pretende regular un mercado en expansión y captar ingresos fiscales, puede generar efectos negativos en la competencia del mercado del juego en Chile. La mantención de privilegios legales para Polla y Lotería, sin equiparación normativa frente a los casinos concesionados, crea una dualidad regulatoria problemática.
Esto podría llevar a futuras impugnaciones judiciales o incluso acciones de inconstitucionalidad si no se corrigen las asimetrías y se asegura un trato equitativo entre todos los operadores del rubro.