Oh I'm just counting

Sepa cómo el Tribunal Constitucional ha afectado la esencia de la universidad.

Por Roberto Mayorga Lorca, Doctor en Derecho Universidad de Heidelberg, Profesor Titular Facultad de Derecho U. de Chile – USACH.

No sólo haber evitado radicalmente que la universidad sea un negocio, sino que principios esenciales de la comunidad universitaria, como la libertad académica, la autodeterminación, el diálogo crítico y constructivo, la máxima de la persuasión, el principio de la diversidad y otros elementos esenciales del ser de la universidad, han sido afectados por el Tribunal Constitucional, al permitir que consorcios con fines de lucro puedan controlarla.

La universidad sin libertad no es universidad. Y ésta se cercena cuando desde adentro o desde afuera se controla la actividad de sus académicos y estudiantes. A vía de ejemplo, cuando se designan rectores, decanos y otras autoridades sin la participación legítima de la comunidad universitaria, o cuando se diseñan planes de estudio funcionales a algún tipo de modelo político o económico. La universidad no es uniformidad sino diversidad y basa su método de trabajo en el diálogo libre, crítico y constructivo que permite, como decía Ortega y Gasset, la “búsqueda de la verdad”, que en términos simples implica el intento de responder las grandes interrogantes que en todos los ámbitos se le presentan a la humanidad. El espíritu libre y positivamente crítico se resiente cuando desde adentro o desde afuera, se fijan límites o se imponen directrices que lo ahogan.

En dicha concepción, ¿Por qué se ha autorizado que consorcios externos con fines de lucro controlen el quehacer universitario?

Evidentemente dichos consorcios buscan ganancias financieras, en mérito a la naturaleza de sus estatutos y a lo que esperan de ellos sus socios y accionistas. Y de hecho lo han logrado durante los últimos 30 años, no obstante estar desde el año 1981 legalmente prohibido el lucro, por lo cual es irrisorio e ingenuo sostener que no lo seguirán haciendo, desnaturalizando el sentido de la universidad.

Pero, asimismo, existe un tremendo peligro en la capacidad que estos consorcios poseen para controlar el quehacer universitario, desvirtuar el espíritu académico antes descrito, anular la genuina actividad de sus profesores, moldear las mentes de los estudiantes y, de esta forma, en definitiva, interferir en la cultura del país.

La libertad académica, el diálogo abierto y el espíritu crítico no son meras fórmulas abstractas o simples consagraciones estatutarias. Son derechos de sus académicos y estudiantes. Porque, sin clima de libertad, sin ambiente de libertad, esto es, cuándo el académico o el estudiante se siente amenazado por determinaciones externas, incluso por un falso autoritarismo interno, existen dos caminos: auto inmolarse, o rebelarse intelectualmente. En la segunda opción, se corre el riesgo inminente de ser exonerado de las aulas. Por ello, lamentablemente, lo habitual es la autoinmolación, que implica la negación de la esencia universitaria. Ya lo expresaba el año 1981 uno de nuestros más eminentes filósofos, Jorge Millas, en su obra “Idea y Defensa de la Universidad”: “El espíritu universitario es cosa frágil y sensible ante esos intentos y termina por retrotraerse y apagarse, como lo muestra el ánimo medroso y apocado de algunos docentes, cuando presos de temor y de las presiones de uniformización, caen en la auto inmolación intelectual, incapaces de sostener en público lo que legítimamente piensan en privado”.

En resumen, como lo expresamos en el ensayo “Decálogo de la Comunidad Universitaria”, publicado por CPU el año 1986, la universidad puede entenderse en dos dimensiones: como organización, esto es, una persona jurídica con estructuras, rectoría, facultades, carreras, departamentos, personal, financiamiento, etc. Chile, en esta dimensión, se comprometió desde 1966, al suscribir el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, a que la universidad, al menos la pública, debía ser gratuita, sin fines de lucro y, sin perjuicio de la libertad de educación para crear entidades privadas.

La segunda dimensión es de la esencia del quehacer universitario y consiste en el carácter de comunidad que ha de poseer la universidad que, aunque se trate de un modelo ideal, es lo que le permite cumplir su misión de formar profesionales y, por medio de las ciencias, investigación, filosofía y artes, responder las grandes interrogantes que se plantean a la humanidad. Para ello es vital que sus integrantes, profesores y estudiantes, gocen del derecho a realizar sus actividades libres de todo tipo de interferencias y en las condiciones anteriormente señaladas.

No obstante lo expuesto, el Tribunal Constitucional, -cuya legitimidad democrática está cuestionada-, al priorizar el derecho de asociación de grupos económicos por sobre la esencia de la universidad y los derechos de sus académicos y alumnos, ha afectado en las dos dimensiones descritas a nuestras casas superiores de estudio, autorizando que consorcios externos con fines de lucro puedan ser sus dueños y/o controladores y, de esta manera, junto con continuar haciendo negocios, interferir en nuestra cultura.