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Gendarmería descarta que ex CNI Álvaro Corbalán haya iniciado huelga de hambre

El viernes de la semana pasada, el abogado Raúl Meza, que representa a cerca de 80 reos que cumplen condena en Punta Peuco por violaciones a los derechos humanos, entre ellos Álvaro Corbalán, anunció que el exagente de la Central Nacional de Informaciones (CNI) iniciaría una huelga de hambre a fin de que Gendarmería le levantara una sanción por haber infringido los protocolos.

Si bien el abogado confirmó la determinación de Corbalán a La Tercera, desde Gendarmería descartaron que el condenado haya dejado de ingerir alimentos hasta ahora.


“Desde el año 2010 no existe ninguna manifestación o intención de inicio de huelga de hambre en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Punta Peuco“, respondieron ante la consulta de este medio.

Dicha situación, como recalcaron, incluye a Corbalán, interno condenado a diversas penas -entre ellas una cadena perpetua– por diferentes crímenes de lesa humanidad, por lo que niegan que esté aplicando la mencionada medida de presión.

“El interno Corbalán, haciendo uso de sus derechos, apeló a la medida disciplinaria impuesta el jueves pasado al ser sorprendido portando un elemento prohibido. La sanción se mantuvo atendiendo al reglamento penitenciario y las sanciones que ahí se señalan“, explicaron desde la institución.

Consultado el entorno cercano al reo sobre esta discordancia en la información, apelaron a que habría sido el temor a que se viera afectada su calificación de conducta, lo que finalmente lo habría paralizado, de momento, a ejecutar una acción de esa naturaleza.

De acuerdo a los reglamentos penitenciarios, la huelga de hambre es considerada una falta grave a la normativa –por lo que ciertamente, de aplicarse, afectaría la calificación del interno en cuestión.

Las diferentes declaraciones y precisiones que se exponen, se dieron luego de que Corbalán fuera sorprendido hablando por celular cuando era atendido en una clínica privada, el miércoles de la semana pasada.

Por lo anterior se le sancionó con la prohibición de recibir visitas por un plazo de 15 días. Al mismo tiempo, se estableció que quién le facilitó el móvil no podría acompañarlo por un lapsus de dos meses.