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Tribunal electoral salva a Daniel Jadue y rechaza suspender derecho a sufragio de exalcalde de Recoleta

El Segundo Tribunal Electoral de la Región Metrpolitana rechazó la reclamación de Renovación Nacional para que declarara la suspensión del derecho a sufragio del exalcalde de Recoleta, Daniel Jadue (PC).

RN -representado en el abogado Marcelo Brunet- recurrió a la primera instancia de la justicia electoral, luego de que la exautoridad, quien competirá como candidato a diputado en el distrito 9, fuera acusado por el Ministerio Público de los delitos de fraude al Fisco, cohecho y estafa concursal en el marco del caso Farmacias Populares.

El argumento principal apuntaba a que la Constitución establece que el derecho a sufragio lo pierden quienes estén acusados a delitos que merecen pena aflictiva. Justo la hipótesis en la que se encontraba el exjefe comunal quien está acusado a más de 18 años de cárcel. Para defenderse de esta reclamación, Jadue fichó a los abogados Ciro Colombara y Aldo Díaz.

“La sola acusación no ha podido producir el efecto de suspender el derecho de sufragio del elector”, agrega la sentencia.

El voto de mayoría tomó como principal referencia el estándar que imponen los tratados internacionales suscritos por Chile. En especial la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

De acuerdo a la regulación internacional, el acto administrativo de la acusación por parte del Ministerio Público no es suficiente para suspender los derechos políticos de un ciudadano.

“La norma internacional establece un estándar aún más estricto, puesto que requiere, para tal limitación, de una condena, esto es, de un pronunciamiento judicial que haya determinado la responsabilidad de una persona en la comisión de un ilícito y aplicado una sanción en consecuencia, de manera que actuaciones intermedias del proceso penal, como la acusación formulada por el Ministerio Público, de índole claramente administrativo, no es pertinente para afectar el derecho en cuestión”, se lee en el fallo.