El ataque fue realizado por tres carabineros que se desempeñaban como uniformados de la 54° Comisaría de Huechuraba.
El Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a tres funcionarios de Carabineros a penas de 100 días de presidio por el delito de violencia innecesaria.
Los condenados fueron los cabos segundos Esteban Moisés Vergara González y Jaime Nicolás Lagos Lagos junto al sargento Héctor Ramón Lara Estrella.
El hecho ocurrió en Huechuraba el 11 de abril de 2016, cuando David Brousseau, de nacionalidad haitiana, caminaba por calle Las Campánulas a la altura de Los Retamos.
Carabineros condenados por violencia innecesaria
En dicho lugar fue abordado por los tres condenados, quienes en ese momento se desempeñaban como funcionarios de Carabineros de la sección de Investigaciones Policiales de la 54° Comisaría de Huechuraba y se encontraban vestidos de civil.
Posteriormente, le efectuaron un control de identidad y lo detuvieron. La sentencia señala que lo golpearon “con un objeto contundente” y que lo empujaron al interior del vehículo en el que se movilizaban.
Luego del hecho, lo trasladaron a constatar lesiones al SAPU Los Libertadores de la misma comuna.
Finalmente, a la víctima la diagnosticaron con una fractura de húmero izquierdo de carácter grave, por lo que necesitó someterse a cirugía.
El tribunal determinó que la pena de 100 días podría ser cumplida en libertad.
“Con los antecedentes con que se cuenta, y teniendo presente además, la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito por el que se ha condenado a los encausados, que se aprecia como un hecho único en vidas, unido a los informes sociales incorporados respecto de cada uno de los acusados, que dan cuenta de su arraigo familiar, laboral y social, y de contar con las herramientas necesarias para cumplir una pena en libertad, es que estos juzgadores estiman como posible concluir que la pena sustitutiva de remisión condicional, los disuadirá de cometer nuevos ilícitos y se torna innecesaria y desaconsejable desde el punto de vista de la prevención especial la ejecución efectiva de las condenas”, señaló la resolución.