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Inédito fallo: Conceden libertad a cinco violadores de derechos humanos entre ellos uno de los que participó en el crimen del quimico Eugenio Berrios

Foto: Punta Peuco en la comuna de Til Til

La Corte Suprema acogió recursos de amparo y reconoció el derecho a libertad condicional de cinco ex agentes del Estado condenados por crímenes de lesa humanidad, quienes están recluidos en los penales de Punta Peuco y Colina 1.
 
En los fallos, la Segunda Sala del máximo tribunal revocó las resoluciones que habían negado el beneficio a los condenados Gamaliel Soto Segura, Manuel Pérez Santillán, José Quintanilla Fernández, Hernán Portillo Aranda y Felipe González Astorga, respectivamente; tras establecer que los amparados cumplen con los requisitos legales para acceder a la libertad condicional.
Uno de ellos es el ex coronel (r) Manuel Pérez Santillán, de 67 años, condenado a 5 años de cárcel por la muerte del ex químico de la DINA Eugenio Berríos, quien cumple su condena el 13 de julio de 2020 y tiene una pensión de $1.800.000.
 
Manuel Pérez estaba condenado a 5 años y un día, como cómplice de secuestro y absuelto del cargo de asociación ilícita por el crimen del quimico de la DINA, Eugenio Berrios, éste último que participó en el magnicidio del Presidente Frei Montalva al crear gases y quimicos mortales que envenenaron al mandatario. Berrios fue sacado del país por un grupo de la DINA rumbo a Montevideo, Uruguay "porque sabía mucho". En una playa cercana a la capital uruguaya, fue asesinado de dos disparon en la cabeza por un agente de la policía política de Pinochet, Mayor de Ejército, Arturo Silva Valdés.

Otro violador conocido es el capitán (r) Gamaliel Soto Segura (71 años), quien cumplía su condena en 2023 y fue sentenciado en 2013. Estuvo involucrado en el secuestro y la desaparición del director del hospital de Cunco en 1973, Doctor Eduardo González Galeano.

"Las Convenciones suscritas por Chile en materia de Derechos Humanos no impiden reconocer a los condenados su derecho a reincorporarse a la sociedad mediante mecanismos como el de la Libertad Condicional", sostienen cada uno de los fallos.

Las resoluciones agregan que "conviene aclarar que lo que se ha venido reflexionando no conlleva desconocer la particular gravedad de los crímenes de lesa humanidad como aquel por el que cumple condena el amparado, sin embargo, tal carácter ya fue considerado para excluir la extinción de responsabilidad penal -y civil- que operaría en delitos comunes, por causales como la amnistía y la prescripción".