La Superintendencia de Salud emitió una circular que prohíbe a las prestadoras de salud incurrir en cualquier tipo de discriminación basada en la identidad de género.
Esto de luego que Bejamín, un joven trans, interpusiera un recurso de protección junto al Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) por sufrir discriminación por parte de la isapre Colmena.
En agosto pasado la Corte de Apelaciones de Santiago obligó a la prestadora de salud a retirar la transexualidad de la lista de patologías, situación que se repite en las isapres Cruz Blanca, Banmédica, Vida Tres y Nueva Masvida.
A través de la circular número 336, se impartieron "instrucciones respecto a la no discriminación por identidad de género en la afiliación", esto significa, no considerar la transexualidad como una enfermedad, y que eso no condicione la cobertura o los servicios.
La identidad de género no es una enfermedad, una patología ni una condición de salud, sino que forma parte de los atributos inherentes de la personahumana, por lo que no se encuentra dentro de las preexistencias declarables que trata nuestra norma sectorial , cuestión que motiva la presente instrucción general", sostiene el documento.
Por esto se estipula que "atendido a que la identidad de género no es una enfermedad, una patología ni una condición de salud, no debe declararse en el formulario de Declaración de Salud, ni tampoco la isapre puede exigirla".
Tras conocer la circular, Benjamón se declaró feliz y recordó que "Me sentí discriminado, menoscabado. Me alegra que desde ahora nadie más pasará por los mismo".
El encargado de derechos humanos del Movilh, Ramón Gómez, destacó que "esto es un avance histórico para la población trans, pues podrán acceder en igualdad de condiciones a todos los servicios ofrecidos por las isapres, lo cual garantiza la atención digna y el accedo igualitario a los procesos de readecuación corporal. Se termina así la transfobia en un tema muy sensible y relevante para toda persona, como es el acceso a la salud".