Desde enero de 2020 que se encuentra en curso en el 7º Juzgado de Garantía de Santiago la querella que presentó la Comisión Chilena de Derechos Humanos (CChDH) contra el Presidente Piñera y otras autoridades por delitos de lesa humanidad, en el contexto del estallido social, que lleva adelante la fiscal Claudia Perivancich.
Dicha acción judicial se amplió el 10 de febrero de este año, ya que se incluyó el caso de Francisco Martínez, malabarista que murió baleado en Panguipulli producto de la acción de un funcionario de Carabineros, en medio de un control de identidad.
En este caso también se apuntó al ministro del Interior, Rodrigo Delgado; al subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli; al general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, y al propio Jefe de Gobierno.
Se conoció que los abogados defensores del Presidente Piñera y las autoridades antes mencionadas solicitaron al juzgado que fije una audiencia de sobreseimiento definitivo. El juez Jaime Fuica determinó que dicha cita se realizará el próximo 2 de julio a las 9:00 de la mañana.
Cabe señalar que en la querella que presentó la CChDH se fundamenta en la Ley 20.357, que tipifica y sanciona los crímenes contra la humanidad, además de la protección al derecho a la vida por parte del Estado.
También apunta a la garantía del uso de métodos no violentos antes de recurrir a armas menos letales, recomendación de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas (ACNUDH) en su informe de diciembre de 2019 con recomendaciones formuladas tras los apremios ilegítimos constatados durante el estallido social.
Situación del general Yáñez
En el caso del general Ricardo Yáñez, sus defensores también solicitaron al 7º Juzgado de Garantía de Santiago el sobreseimiento definitivo, apuntando a los “supuestos crímenes de lesa humanidad” que figuran en la querella del CChDH, con énfasis en el caso de Panguipulli.
Según argumentaron los abogados mediante un comunicado, los hechos que se fundan en las querellas “no serían constitutivos de un eventual crimen de lesa humanidad. En ninguna de ellas se describen hechos que contengan los elementos comunes a esta clase de crímenes internacionales, tanto respecto de las disposiciones de la Ley 20.357 como por las normas establecidas en el Estatuto de Roma que crea la Corte Penal Internacional”.
También destacan que “la Fiscalía ha fijado una competencia temporal para esta investigación, un tiempo acotado entre el día 18 de octubre del año 2019 y el día 18 de marzo del año 2020, época en la cual el general director don Ricardo Yañez no detentaba la jefatura máxima de Carabineros de Chile, y los hechos que se le atribuyen están fuera del periodo de tiempo fijado por el ente persecutor”.
En esa línea, los abogados argumentaron que “en Chile no se cometieron crímenes de lesa humanidad de acuerdo a los requisitos de gravedad reconocidos universalmente por los 125 países que conforman hoy la jurisdicción de la Corte Penal Internacional”.
“Estamos pidiendo que exista un pronunciamiento de la justicia sobre este punto, confirmando la permanente voluntad del general director de Carabineros de colaborar en las investigaciones que lleva adelante el ministerio Publico y, en especial la fiscal Perivancich sobre estos hechos”, finaliza el escrito.
La situación del general Yáñez también se analizará en la audiencia antes mencionada que se realizará en julio.