La Corte Suprema rechazó un recurso de casación interpuesto por el Consejo de Defensa del Estado y ratificó la sentencia que condenó al Fisco a pagar la suma de 3 millones de pesos a 659 personas que pasaron por los centros de detención que dispuso la dictadura entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990.
En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo Tribunal ordenó pagar la suma a los exprisioneros por considerar que fueron víctimas de un delito de lesa humanidad.
“Las acciones civiles aquí entabladas por las víctimas en contra del Fisco, tendientes a conseguir la reparación de los detrimentos ocasionados, encuentra su fundamento en los paradigmas generales del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y su consagración normativa en los tratados internacionales ratificados por Chile, los cuales obligan al Estado a reconocer y proteger este derecho a la reparación completa“, concluye el fallo.
Ejemplos
En la demanda presentada por el abogado Víctor Rosas, y desestimada en primera instancia, por el Vigésimo Quinto Juzgado Civil de la capital en julio del 2013, describe los vejámenes de que fueron víctimas los detenidos en la época.
“Privación de toda ropa y abrigo para reducir la temperatura corporal y abatir las defensas psicológicas de los prisioneros; baldazos de agua fría; aplicación de agua a chorros en boca, oído y narices; aislamiento prolongado, manteniendo a los prisioneros encapuchados y atados, privándolos así de las nociones de tiempo y espacio para desorientarlos; amenazas de torturar, violar y dañar a los familiares; luego la ejecución de dichas amenazas delante de los prisioneros; ataduras permanentes de manos y pies; traslado de los prisioneros unos encima de otros, hasta producir asfixia a quienes se encontraban más abajo; atropellos, y clavados con punzones, cuchillones y bayonetas; hacerlos correr con los ojos cubiertos para que éstos se estrellaran o cayeran por las escalinatas o al vacío; el encierro en jaulas y cajoneras sin un mínimo de movimiento; permanecer de pie indefinidamente por días o tendidos en el pavimento o en la tierra y con las manos en la nuca, sin permitir el descanso o cambio de posición; aplicación de corriente en las partes más sensibles del cuerpo o en heridas abiertas; uso de cascos metálicos que emitían agudos sonidos hasta enloquecer a las víctimas; colgamientos, golpizas hasta destruir tejidos blandos y dejar los huesos al descubierto; empleo de drogas e hipnosis para destruir la resistencia de aquéllos; en las interrogaciones, la inmersión en líquidos, tinas con aguas sucias, incluso fecas, ríos, lagunas, piscinas, en el mar, hasta hacer perder la conciencia a la víctima, que luego era reanimada para continuar el procedimiento; violaciones y abusos sexuales contra de hombres y mujeres, incluso con la utilización de animales; quemaduras; arrancamiento de las uñas; privación de alimentos, líquidos y servicios sanitarios; y por último, entre otros, castigos consistentes en proporcionar alimentos descompuestos o suciamente adulterados con sustancias extrañas”.
¿Un nuevo paso?
Considerando que se trata de un gesto elocuente y con un evidente sentido de resarcir los perjuicios causados, no todos concuerdan con lo que determinó el Tribunal.
Para Alicia Lira, presidenta de la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos, el gesto “no alcanza a cubrir las necesidades reales de las personas afectadas”, afirmó.
“Se trata de una consecuencia de la gran lucha de miles de prisioneros políticos quienes no han dejado de pedir verdad. Pero, lamentablemente, se trata de una cifra que no va acorde con los vejámenes que tuvieron que vivir las víctimas”, completa la dirigenta.
“Todos sabemos que en nuestros días tres millones de pesos no son nada, más si pensamos que las víctimas son personas de edad avanzada. Podríamos decir que es un acto reparatorio muy mezquino, siguiendo las denuncias de las víctimas y no siendo un real acto reparatorio”, concluyó Alicia Lira.
Para el abogado de derechos humanos Cristian Cruz la situación tiene un lado positivo que es “el reconocimiento de que sí hubo tortura, detenciones forzadas y violaciones a los derechos humanos”, explica el abogado.
“El Estado chileno se encuentra buscando resarcir parte de los perjuicios y el daño causado, pero considero que este acto evidencia la inoperancia de la persecución penal de los participes, los juicios contra los delincuentes”, apunta Cruz.
“Lamentablemente el Estado en estos años ha mirado para el lado en lo que se refiere a la persecución penal de la verdad y de los malhechores. Lo bueno del fallo es que reconoce el delito pero aún falta el otro lado”, concluye.
De forma paralela en el congreso, en la Comisión de Derechos Humanos, se discute la posibilidad de un proyecto de ley que otorgue un aporte único de carácter reparatorio a las víctimas de prisión política y tortura.
La discusión del proyecto no se inició esta semana, aunque seguiremos de cerca sus progresos.